ABC (Castilla y León)

La pelea que causó la muerte a un joven se salda con tres años y nueve meses de prisión

▶ El condenado, exedil de Vecinos (Salamanca), le golpeó en la cara y le propinó patadas en la cabeza ya en el suelo

- ABC SALAMANCA

El Juzgado de lo Penal número dos de Salamanca condenó a tres años y nueve meses de prisión al responsabl­e de la muerte un joven en la localidad de Vecinos en junio de 2020 al apreciar un delito de lesiones en concurso ideal con otro de homicidio por imprudenci­a grave. Los hechos se remontan al 24 de junio de 2020 tras una comida organizada por el Ayuntamien­to de Vecinos y a la que acudieron personas vinculadas con la Corporació­n municipal, entre ellas, el acusado, exconcejal del municipio.

Sobre las 00.00 horas ya del día 25 de junio de 2020, la encargada del local donde se encontraba­n les comunicó que iba a cerrarlo. Varias personas compraron bebidas y decidieron ir al garaje del condenado para seguir con la fiesta. A los 15 minutos se produjo una primera discusión con una tercera persona motivada por reproches con motivo de haber conducido a gran velocidad por el centro del pueblo con riesgo de atropellar a alguna persona. Se empujaron, pero fueron separados por los presentes, quienes indicaron al otro joven que se fuera de allí. Sin embargo, entre el condenado y la víctima se inició una discusión porque éste último manifestó que el otro joven tenía razón y llegaron a enzarzarse en una pelea sin mayores consecuenc­ias.

Después volvieron hacia el garaje discutiend­o enérgicame­nte. Así, la víctima propinó un golpe en la cara al condenado en la zona de la nariz y se dio la vuelta. Como reacción, su oponente le golpeó empleando un vaso o una botella de cristalen la región parietal derecha y, cuando se giró, le dio un puñetazo en la cara, ocasionand­o que cayera al suelo y se golpeara violentame­nte contra el firme. Cuando estaba en el suelo, le propinó otras dos patadas en la cabeza, informa Ical.

La sentencia reconoce que la acción fue realizada sin que pretendier­a causar la muerte del joven, pero sí «actuando de forma negligente frente al importante riesgo creado para la integridad física de la otra persona».

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