La Junta no acepta denuncias de acoso
Ni siquiera tramita las quejas de funcionarios por la falta de personal que investigue
Vuelva usted mañana. O ya se verá cuándo. Esa es la respuesta que están recibiendo los empleados y empleadas de las delegaciones territoriales de la Junta de Andalucía que se dirigen a sus superiores para denunciar situaciones de acoso sexual y laboral. Como adelantó ayer ABC, el comité de investigación que se dedica a verificar las denuncias se encuentra en una situación de carencia grave de personal ya que dos de sus miembros han dimitido y un tercero se encuentra de baja médica desde hace un par de meses. El documento que se reproduce en estas páginas es la constatación de que esta situación no es una mera abstracción teórica: está afectando a denuncias reales de personas reales que tienen problemas con jefes o compañeros de trabajo.
Lo que se reproduce en esta página es la respuesta oficial de la secretaria general de la Delegación de Hacienda y Administración Pública a la denuncia elevada por un funcionario o funcionaria de la Junta en Córdoba. Toda la documentación tiene fecha de febrero de este año y la iniciativa de la Junta no puede ser más clara: rechaza la presentación misma de la denuncia. Explica que dos de los cargos del comité de investigación están «cesados por diversas circunstancias» y un tercero está de baja. Por ello, afirma, el comité de investigación que se ocupa de prevenir y castigar las situaciones de acoso laboral, sexual o por homofobia, entre otras, ni siquiera «está conformado» por lo que «no puede realizarse un procedimiento». Es decir, la denuncia ni siquiera puede admitirse y no hay nadie que se haga cargo de constatar los hechos para archivar el expediente o sancionar de la manera que proceda al autor o autora.
Protocolo sobre el acoso
Los responsables del departamento de Administración Pública advierten en el texto del traslado sus buenas intenciones. Se está trabajando para que el comité de investigación opere en el tiempo más breve posible. En realidad, lo que no dicen es que la situación se prolonga desde hace meses y ha habido ya varios toques de sus miembros afirmando que la situación no es operativa. El comité de investigación tiene que estar formado por dos funcionarios y dos representantes sindicales. Sin embargo, la normativa que lo creó nunca cayó en la cuenta de que bastaba con recoger en el protocolo correspondiente que se podían nombrar suplentes. Las fuentes consultadas explican que nunca se cumplen los plazos por la acumulación de trabajo ya que la norma obliga a tener todo el expediente disciplinario dispuesto en apenas un mes de trabajo. La exdelegada del Gobierno Rafaela Crespín presentó la creación del comité (en realidad, uno de los cuatro que deberían funcionar: el que se dedica a combatir el acoso en la administración general) como un avance en la protección de los trabajadores. La actual delegada del Gobierno, Esther Ruiz, ha dado la callada por respuesta. Este periódico lleva dos días intentando recabar una versión oficial de los hechos con su departamento de comunicación. Tampoco ha sido posible recabar datos sobre cuántos expedientes ha abierto el comité, cuántos han acabado en sanción y por qué no se han realizado nombramientos.
El protocolo de la Junta cita exactamente cuáles son los casos que constituyen acoso laboral. Sin ánimo limitativo, cita diferentes opciones: dejar a una persona sin ocupación, dictar órdenes de imposible cumplimiento, encargar trabajos inútiles, represalias contra quien haya presentado quejas o difundir rumores falsos sobre el empleo o la vida privada del trabajador. Dice que no es acoso laboral, modificar las condiciones de trabajo sin causa ni procedimiento, presiones para aumentar la jornada o para realizar determinadas labores, amonestaciones no descalificativas sobre el trabajo realizado u ofensas puntuales.
El protocolo dice también que acoso sexual es cuando se produce chantaje sexual en el trabajo o lo que se llama «acoso sexual ambiental», que tiene como objetivo generar un ambiente intimidatorio, hostil, ofensivo o humillante. La norma de la Junta pone casos concretos: observaciones sugerentes, bromas o comentarios sobre la condición sexual del trabajador; uso de gráficos, viñetas o fotos de contenido explícito; llamadas, cartas o mensajes de carácter ofensivo y sexual; invitaciones persistentes a actividades sociales lúdicas cuando se deja claro que no son deseadas; invitaciones impúdicas o comprometedoras y peticiones de favores sexuales cuando su aprobación o denegación influyen en la carrera de trabajo, así como cualquier otro comportamiento que tenga como objetivo la discriminación, abuso o vejación de la empleada.