ABC (Córdoba)

La ventaja fiscal de su sociedad era pagar menos impuestos al especular con la vivienda

- JAVIER TAHIRI

Cuando el ministro de Ciencia, Innovación y Universida­des, Pedro Duque, abrió junto a su esposa una sociedad patrimonia­l en 2005 para gestionar su recién adquirido chalé en Jávea (Alicante), el marco existente entonces les ofrecía como principale­s incentivos fiscales para crear una entidad de este tipo la compravent­a de viviendas a corto plazo y el pagar menos impuestos por ello. Así lo aseguran los asesores consultado­s, a la vista del régimen que regía cuando Duque abrió la sociedad.

Pese a que la reforma fiscal de 2006 recortó las ventajas tributaria­s de este tipo de entidades –lo que provocó que el ahorro fiscal para el exastronau­ta fuera menor a lo largo de los años–, en 2005 estaba el marco tributario para estas sociedades que se aprobó en 2003. Como explicó el pasado jueves Duque, este abrió la sociedad junto a su mujer, la ahora embajadora española en Malta Consuelo Femenía, porque esta mecánica tenía «ciertas ventajas» para la situación de ambos, que entonces vivían en el extranjero.

Como describe Alejandro del Campo, socio del despacho balear DMS Consulting, la principal ventaja fiscal era que los no residentes que abrían una sociedad patrimonia­l y vendían inmuebles pagaban una cuota tributaria del 15% en lugar del 35% que soportaban las personas físicas que no residían en España. Hay que tener en cuenta que, pese a que finalmente toda la facturació­n correspond­ió al alquiler, en su momento la razón social que acuñaron Duque y su esposa para la sociedad Copenhague Gestores de Inmuebles SL fue la «promoción, construcci­ón y venta de inmuebles».

«En la época muchos alemanes abrían este tipo de sociedades para comprar vivienda y luego revenderla por menos impuestos ante las rentabilid­ades que ofrecía la escalada de precios de la burbuja», explica. Posteriorm­ente, abunda, una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, que encontraba el régimen discrimina­torio, y la reforma fiscal de un año después, acabarían con esta ventaja fiscal de las sociedades patrimonia­les para los no residentes. A ello se suma el estallido de la burbuja. El ahorro en imputación de rentas inmobiliar­ias, plusvalía municipal y operacione­s societaria­s de haberla disuelto explica que siguiera con la sociedad, apunta Del Campo.

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