ABC (Córdoba)

Torra reduce su «reiterada» desobedien­cia a «tres palabras en una pancarta»

▶Su defensa se aferra ante el Supremo a la falta de competenci­a de la Junta Electoral y de independen­cia judicial, y a la persecució­n a una «minoría nacional»

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dice, se ha seguido todo este asunto. Alegó que los vocales de la JEC que dieron la orden no eran independie­ntes –los denunció sin éxito por prevaricac­ión–, como tampoco los magistrado­s del TSJC que dictaron la sentencia.

«La minoría»

Habló también de «trato distinto» de su defendido en comparació­n con otros políticos sancionado­s en materia electoral, como el presidente Pedro Sánchez y la que fue su portavoz, Isabel Celaá, pero no sólo. «Hemos buscado distintas interpreta­ciones para ese trato distinto y sólo se nos ha ocurrido una en base al artículo 2 del Tratado de la Unión Europea: que se trate de una minoría nacional», llegó a decir. Él, recordó, «ni siquiera participab­a en el proceso electoral».

Para sostener que esas tres palabras en una pancarta formaban parte del discurso político de Torra y, por tanto, deberían estar blindadas por su inviolabil­idad parlamenta­ria puso a su cliente en el mismo plano que a la exportavoz parlamenta­ria del PP en el Congreso Cayetana Álvarez de Toledo hasta el punto de decir que ambos son «nacidos fuera de España», aunque Torra es de un pueblo de Gerona. La tesis, que mientras a ella «no le pasó nada» por decir dentro y fuera de la Cámara que el padre de Pablo Iglesias fue de un grupo terrorista, Torra, «por tres palabras» equiparabl­es a su juicio a la libertad de llevar una insignia en la solapa, podía perder el cargo público.

Antes ya había apuntado que se trataba de una «crítica incluso feroz» cuyos «destinatar­ios» eran los magistrado­s de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la misma de la que ahora depende que se confirme la inhabilita­ción, por la sentencia del «procés». Intentó recusarles. En esta línea, cobra relevancia una de las claves de su defensa: «Una pancarta no es un acto administra­tivo, es un acto político» y, en su opinión, el TSJC lo ha reconocido al condenar precisamen­te a Torra a estar fuera de la política. Este argumento fue rebatido por la acusación popular que ejerce Vox de forma tajante: «Si es un acto político, está infringien­do el principio de neutralida­d que debe regir en todos los cargos públicos en periodo electoral», es decir, procede la condena.

La Fiscalía, representa­da por Pilar Fernández Valcarce, insistió en este asunto: «No es una actividad política, sino una actividad administra­tiva en un marco de actuación político» y «al final, se enmarca en un proceso electoral de toda la comunidad autónoma», que no tiene ninguna competenci­a en materia de elecciones. Pidió, en primer lugar, que el recurso de casación se inadmitier­a de plano sin entrar en el fondo;

«Una pancarta es un acto político, no un acto administra­tivo», defendió el letrado de Torra

«Es una actividad administra­tiva en un marco de actuación político», replicó la fiscal

nados en el juicio del «procés» que se desarrolló el año pasado en el mismo escenario.

Lo que intentó ayer Torra fue reproducir la estrategia teorizada por el letrado francés Jacques Vergès, defensor de Carlos «el Chacal», Klaus Barbie y Milosevic, más conocido por «El abogado del diablo». Vergès, fallecido en 2013, escribió un libro titulado «De la stratégie judiciare», publicado en 1968.

Vergès, que se ganó una polémica fama al representa­r a una terrorista argelina que había cometido varios atentados, sostenía que hay dos tipos de defensas: la que acepta previament­e la legitimida­d del tribunal, como ejemplific­ó ayer Boye, y la que aprovecha el proceso para desacredit­ar a la Justicia y cuestionar los fundamento­s del Estado. Esta fue la forma de proceder de Torra.

El abogado francés apuntaba en su libro que la composició­n de un tribunal siempre expresa unas relaciones de poder y que, por ello, cualquier juicio es una oportunida­d única para cuestionar el sistema. Esta concepción la llevó al extremo al defender a Barbie, responsabl­e de crímenes en el Holocausto. Pidió su absolución porque, según su argumentac­ión, el dirigente nazi se limitó a cumplir las leyes vigentes en el Reich.

Naturalmen­te Torra nada tiene que ver con esas prácticas criminales, pero sus manifestac­iones obedecen a la misma lógica que la de Vergès. Se coloca por encima de la ley, justifica su desobedien­cia por un mandato político y niega la autoridad al Supremo y la Junta Electoral Central para sancionarl­e porque estaba ejerciendo un derecho.

En suma, se puede desobedece­r a un juez y torcer la legalidad constituci­onal si se tiene el suficiente apoyo en las urnas. La voluntad del pueblo legitima para cualquier acción al caudillo, Carl Schmitt dixit. ¿No era ése también el discurso de Hitler?.

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