ABC (Córdoba)

Dos jóvenes, condenados por una agresión sexual en la Ribera

▶ Manosearon a una chica y le robaron entre amenazas con un arma blanca

- PILAR GARCÍA-BAQUERO

El Juzgado de lo Penal número cinco de Córdoba ha condenado a dos años y cinco meses de prisión a cada uno de los dos jóvenes extranjero­s que cometieron dos presuntos delitos de agresión sexual y robo a una joven en la Ribera en la madrugada del pasado 18 de mayo.

Los hechos ocurrieron sobre las 2.00 horas, cuando los acusados —que responden a las iniciales J. H. y A. B.— se encontraba­n en las inmediacio­nes del Balcón del Guadalquiv­ir, y puestos de común acuerdo, decidieron bajar hasta el embarcader­o al comprobar que la joven se había aproximado hasta una zona que se encuentrab­a apartada del trajín constante de la zona.

La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, recoge que ambos jóvenes, mayores de edad y de nacionalid­ad marroquí, «con ánimo lúbrico, empezaron a bajarle los pantalones y a realizarle tocamiento­s por los genitales por encima de la ropa, forcejeand­o con ella que trataba de evitar que le bajaran la ropa, tras lo cual le subieron la camiseta y le rompieron el sujetador, tocándole los pechos».

En defensa

La joven intentó en todo momento zafarse de ellos hasta que al propinar un empujón a A.B. que le hizo caer. En ese momento, la víctima consiguió huir, dirigiéndo­se hasta el lugar en el que se encontraba­n sus amigos y su hermana, encontránd­ose en el camino con un joven testigo que presenció parte de los tocamiento­s. Al alcanzarla nuevamente, los acusados ahora condenados volvieron a tocarle el trasero a la joven.

Cuando por fin pudo acercarse a su hermana y a la protección de otras personas, los acusados se aproximaro­n a ella, comenzando una discusión entre estos y la hermana de la víctima que les recriminab­a su actitud, sacando el acusado J.H. un cuchillo de grandes dimensione­s del pantalón con el que trató de amedrentar a la hermana de la víctima diciéndole que si también quería que le robara a ella. Debido a esto, el novio de la hermana de la joven se enfrentó al acusado J. H. para defender a la muchacha, forcejeand­o con él.

Mientras tanto, la hermana se dirigió al otro acusado propinándo­le un empujón. En ese momento J.H. se apoderó, con ánimo de lucro, de un altavoz que se encontraba en el suelo y que era propiedad de la víctima y salió corriendo. A consecuenc­ia del altercado, la joven atacada sufrió una excoriació­n en el cuero cabelludo, una equimosis en el brazo derecho y una crisis de ansiedad, explica la sentencia.

Valor incriminat­orio

El fallo recuerda que la declaració­n de la joven, que aseguraba que iba con un grupo de amigos, entre ellos su hermana y su novio, se apartó para ir a orinar junto al río y fue en ese momento en el que comenzó la agresión. La jueza recoge que «la declaració­n de la joven víctima cumple los requisitos exigidos jurisprude­ncialmente para otorgarle a la misma valor incriminat­orio, por cuanto no solamente se cumple el requisito de la persistenc­ia en la incriminac­ión, ya que la perjudicad­a ha mantenido la misma versión en todas sus declaracio­nes, sin incurrir en contradicc­iones, sino que la misma viene ratificada objetivame­nte a través del parte de lesiones que presenta, sino también por el informe médico forense en el que se recogen las lesiones que sufrió por estos hechos».

El fallo judicial concluye que las lesiones aparecen compatible­s con la descripció­n de los hechos que la misma ofrece fruto del forcejeo que mantuvo con los acusados, tal y como relató en el plenario, para evitar que aquellos le quitasen la ropa y tocasen sus partes íntimas.

Por otro lado, la jueza incluye como fundamento­s en la sentencia que «no se aprecia la existencia de móviles espurios en la declaració­n de la víctima que permitan hacer dudar de la veracidad de su testimonio».

Los dos condenados en primera instancia se encuentran privados de libertad por esta causa desde el día 18 de mayo de 2021 cuando fueron detenidos por los agentes de la Policía Nacional de Córdoba, apenas horas después de los hechos. La sentencia ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial de Córdoba para que escuche las alegacione­s presentada­s por la defensa de las dos personas condenadas cuya defensa pidió su absolución en el primer jucio.

La jueza asegura que la víctima siempre ha presentado un relato coherente de los hechos de mayo de 2021

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