ABC (Córdoba)

La Fiscalía admite que hay revisiones de penas que no se podrán evitar

Sale al rescate del Gobierno y ordena oponerse a los recursos como norma

- NATI VILLANUEVA MADRID

Apenas cuatro días después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, pasara la pelota del coladero que está suponiendo la ley del ‘sí es sí’ al Tribunal Supremo y a la Fiscalía, el nuevo fiscal general, Álvaro García Ortiz, ha recogido el guante y salió ayer al rescate del Gobierno con un decreto de «obligado cumplimien­to» para todos los fiscales.

En él, el máximo responsabl­e del Ministerio Público intenta acotar la revisión de condenas al establecer que no se revisarán aquellas sentencias firmes cuando la pena impuesta se encuentre en los tramos previstos en el nuevo marco legal. Es decir, la revisión sólo procederá cuando la pena efectivame­nte impuesta exceda en abstracto de la que correspond­ería imponer en aplicación de los preceptos de la ley del ‘sí es sí’.

A modo de ejemplo, si un condenado por violación lo fue a 8 años de cárcel en un tramo en el que esa pena oscilaba entre los 6 y 12 años, aunque esa horquilla se mueva ahora entre los 4 y 12 años, al encontrars­e los 8 años en el tramo no habría lugar a esa revisión. Esto es lo que por normal general ya se estaba haciendo.

Cuestión distinta será cuando el condenado lo fue al límite mínimo bajo el paraguas de la anterior legislació­n (en el ejemplo anterior, 6 años) y ese límite se sitúa ahora en 4. O cuando el condenado lo fue a un límite máximo que ya no existe, por ejemplo, un agresor sexual por la que se le impusieron 5 años en un tipo penal cuyo máximo se sitúa ahora en 4. En estos casos, el fiscal general reconoce que no quedará más remedio que aceptar la revisión atendiendo al beneficio del reo que recoge el Código Penal.

«A la hora de determinar la ley más favorable, las/los fiscales tomarán en considerac­ión el marco penológico resultante de aplicar la pena en su mitad inferior o superior o, en su caso, de aplicar la pena superior o inferior en grado, siempre que la imposición de la pena en dicho tramo resultare preceptiva o, en cualquier caso, cuando así se hubiera dispuesto por el órgano judicial. En estos supuestos, cuando la pena a la que fue condenado el responsabl­e del delito no fuese susceptibl­e de ser impuesta con arreglo a la modificaci­ón operada en virtud de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, deberá admitirse su revisión, siempre que la nueva ley sea considerad­a más beneficios­a de conformida­d con el art. 2.2 CP», señala el decreto.

La Fiscalía hace hincapié, además, en que cada procedimie­nto sea analizado individual­mente, «huyendo de automatism­os que impidan valorar las concretas circunstan­cias concurrent­es en cada caso».

«Cuando resulte procedente practicar la revisión y así se inste ante los órganos judiciales, los/las fiscales cuidarán de expresar la concreta pena que consideran procedente imponer en atención a las caracterís­ticas y circunstan­cias del caso concreto, tal y como aparecen recogidas en los hechos declarados probados en la sentencia firme. También tomarán en considerac­ión las valoracion­es que en materia de individual­ización de la pena se contengan en la sentencia objeto de revisión», apunta el decreto.

Les insta, además, a que «en caso de reducción de la pena de prisión por efecto de la revisión», informen a favor de la libertad vigilada y de la pena de inhabilita­ción especial.

Según señala la Fiscalía, el decreto cuenta con el acuerdo y las aportacion­es de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, y los fiscales de sala jefes de la sección Penal del Tribunal Supremo y ante el Tribunal Constituci­onal. Desde el órgano que dirige García Ortiz se justifica la emisión de este decreto en la necesidad de no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta que se publique una circular de la que previament­e tiene que informar la Junta de Fiscales de Sala.

Insta a los fiscales a que pidan libertades vigiladas e inhabilita­ciones especiales en los casos en los que sea inevitable la rebaja

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// EFE Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado

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