El TSJC absuelve a Roger Torrent de desobediencia al Constitucional
▶ Tramitó dos resoluciones prohibidas cuando presidía la Mesa
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto a Roger Torrent del delito de desobediencia por permitir dos votaciones prohibidas por el Tribunal Constitucional (TC) cuando presidía la Mesa del Parlament, una a favor de la autodeterminación y la otra para reprobar a la monarquía. La Fiscalía y la acusación popular, que ejerció Vox, pedían para ellos un año y ocho meses de inhabilitación, así como una multa de 30.000 euros.
Según el fallo, que cuenta con un voto particular, ni Torrent ni los otros tres miembros independentistas de la Mesa –Josep Costa (Junts), Eusebi Campdepadrós ( Junts) y Adriana Delgado (ERC)– tuvieron «voluntad dolosa de desobedecer» al Constitucional, en octubre de 2019. La sentencia indica que las providencias del tribunal «permitían más de una interpretación» –su mandato no era «específico ni claro»– y que «no ha quedado acreditado que los acusados tuvieran conocimiento y quisieran desobedecer».
La Sala Civil y Penal entiende que los procesados sí siguieron las indicaciones, tanto del secretario general de la Cámara Catalana como del letrado mayor. «Cargos que no son políticos, sino funcionarios objetivos e imparciales que adoptaron una interpretación» de los acuerdos de la Mesa, y manifestaron por escrito sus resoluciones motivadas, en las que desestimaron las reconsideraciones que presentaron algunos grupos parlamentarios contra los acuerdos de admisión a trámite de las propuestas de resolución reprobadas.
El fallo subraya que lo que realmente prohibió el TC fue «continuar el proceso político de independencia y querer materializar o ejercer la autodeterminación, así como continuar rechazando al Rey Felipe VI –inviolable constitucionalmente– por haber pronunciado un discurso a raíz de los hechos del 1 de octubre de 2017». En cambio, con las propuestas admitidas a trámite «solo se quería hablar de la autodeterminación como mera proclama política, de futuro, pero sin intención de materializarla», apunta el escrito del TSJC.
Voto particular
En cambio, el voto particular, que ha emitido la magistrada Marta Pesqueira, considera que los acusados «son responsables criminalmente de un delito de desobediencia». Entiende así que fueron advertidos de las resoluciones impugnadas y que «la conducta de los acusados, en su condición de miembros de la Mesa, y por tanto funcionarios públicos, puede calificarse de manifiestamente contumaz, obstinada, recalcitrante y persistente, y por supuesto contraria a la resolución y mandato del TC».
Por su parte, Torrent celebró la decisión judicial, que calificó de «gran noticia para la libertad de expresión y el derecho de iniciativa de los diputados».