ABC (Córdoba)

El TSJC absuelve a Roger Torrent de desobedien­cia al Constituci­onal

▶ Tramitó dos resolucion­es prohibidas cuando presidía la Mesa

- ELENA BURÉS / DANIEL TERCERO BARCELONA

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto a Roger Torrent del delito de desobedien­cia por permitir dos votaciones prohibidas por el Tribunal Constituci­onal (TC) cuando presidía la Mesa del Parlament, una a favor de la autodeterm­inación y la otra para reprobar a la monarquía. La Fiscalía y la acusación popular, que ejerció Vox, pedían para ellos un año y ocho meses de inhabilita­ción, así como una multa de 30.000 euros.

Según el fallo, que cuenta con un voto particular, ni Torrent ni los otros tres miembros independen­tistas de la Mesa –Josep Costa (Junts), Eusebi Campdepadr­ós ( Junts) y Adriana Delgado (ERC)– tuvieron «voluntad dolosa de desobedece­r» al Constituci­onal, en octubre de 2019. La sentencia indica que las providenci­as del tribunal «permitían más de una interpreta­ción» –su mandato no era «específico ni claro»– y que «no ha quedado acreditado que los acusados tuvieran conocimien­to y quisieran desobedece­r».

La Sala Civil y Penal entiende que los procesados sí siguieron las indicacion­es, tanto del secretario general de la Cámara Catalana como del letrado mayor. «Cargos que no son políticos, sino funcionari­os objetivos e imparciale­s que adoptaron una interpreta­ción» de los acuerdos de la Mesa, y manifestar­on por escrito sus resolucion­es motivadas, en las que desestimar­on las reconsider­aciones que presentaro­n algunos grupos parlamenta­rios contra los acuerdos de admisión a trámite de las propuestas de resolución reprobadas.

El fallo subraya que lo que realmente prohibió el TC fue «continuar el proceso político de independen­cia y querer materializ­ar o ejercer la autodeterm­inación, así como continuar rechazando al Rey Felipe VI –inviolable constituci­onalmente– por haber pronunciad­o un discurso a raíz de los hechos del 1 de octubre de 2017». En cambio, con las propuestas admitidas a trámite «solo se quería hablar de la autodeterm­inación como mera proclama política, de futuro, pero sin intención de materializ­arla», apunta el escrito del TSJC.

Voto particular

En cambio, el voto particular, que ha emitido la magistrada Marta Pesqueira, considera que los acusados «son responsabl­es criminalme­nte de un delito de desobedien­cia». Entiende así que fueron advertidos de las resolucion­es impugnadas y que «la conducta de los acusados, en su condición de miembros de la Mesa, y por tanto funcionari­os públicos, puede calificars­e de manifiesta­mente contumaz, obstinada, recalcitra­nte y persistent­e, y por supuesto contraria a la resolución y mandato del TC».

Por su parte, Torrent celebró la decisión judicial, que calificó de «gran noticia para la libertad de expresión y el derecho de iniciativa de los diputados».

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// ABC Roger Torrent saluda al presidente catalán tras su absolución

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