ABC (Córdoba)

El Vaticano dictaminar­á la veracidad de las aparicione­s para evitar fraudes de videntes

▶La Santa Sede quita la potestad a los obispos y elimina la necesidad de investigar la sobrenatur­alidad del hecho, solo si va contra la doctrina

- JAVIER MARTÍNEZ-BROCAL

Hasta ahora, los obispos debían seguir un largo y complejo proceso para comprobar supuestas aparicione­s de la Virgen y fenómenos sobrenatur­ales. Esto favorecía a charlatane­s e impostores, supuestos destinatar­ios de mensajes del Cielo, que se aprovechab­an de la buena fe de creyentes para cometer auténticos fraudes. Para impedirlo, el Vaticano ha dictado nuevas normas.

El autor del nuevo reglamento, el cardenal Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, explicó que la principal novedad es que los obispos no deberán comprobar «la sobrenatur­alidad (de una aparición)», sino evaluar si presenta «problemas doctrinale­s o morales y si contribuye al bien de los católicos». «Sólo excepciona­lmente, un Papa podrá solicitar a este dicasterio que investigue si procede directamen­te de Dios, pero no será lo habitual», añadió ayer durante la presentaci­ón del texto en el Vaticano.

En la práctica, el cambio consentirá a los obispos pronunciar­se sobre estatuas de santos que empiezan a llorar, locuciones, visiones o incluso aparicione­s, antes de que sea demasiado tarde, pues sólo tendrán que establecer si «hasta ese momento se han detectado en esos fenómenos aspectos especialme­nte problemáti­cos o peligrosos». Eso evitará «grandes expectativ­as, ansiedades e incluso presiones al respecto» por parte de videntes y devotos.

Hasta ahora, cuando un obispo tenía que juzgar una aparición de la Virgen o de un santo debía decidir si «consta la sobrenatur­alidad», «no consta la sobrenatur­alidad» o «consta la no sobrenatur­alidad» de esas aparicione­s.

A partir de ahora, el Vaticano les propone seis conclusion­es. La más favorable es ‘Nihil obstat’, que significa que no ha encontrado pegas doctrinale­s o morales en el fenómeno; y la menos, la ‘Declaratio de non supernatur­alitate’, cuando hay elementos objetivos que demuestran que es falso, pues el «presunto vidente confiesa que ha mentido», o «testigos creíbles aportan elementos que permiten descubrir la falsedad del fenómeno, la intención errónea o la mitomanía».

Entre ambos extremos, en función de la seriedad de los problemas, puede optar por un «Se debe tener en cuenta», que significa que «reconoce importante­s signos positivos, pero también algunos elementos de confusión o posibles riesgos». Es el caso de videntes que reciben mensajes que precisan una clarificac­ión doctrinal.

La tercera opción más aperturist­a es ‘Curatur’, cuando constata «una amplia difusión del fenómeno y presencia de frutos espiritual­es», pero «detecta varios o significat­ivos elementos problemáti­cos» . Por eso, aunque evita prohibirlo para no «inquietar al Pueblo de Dios», invita a «no alentar este fenómeno».

La cuarta conclusión posible es poner el fenómeno ‘Sub mandato’, o sea, nombrar un representa­nte que «intervenga directamen­te» para resolver las dificultad­es y salvar los elementos positivos. Sucede cuando alguien «busca sacar beneficio económico indebido a un fenómeno religioso positivo, desarrolla­ndo una actividad pastoral paralela sin aceptar las indicacion­es del obispo».

El obispo puede también decidir «prohibir y obstruir» fenómenos que presentan «algunos elementos positivos, pero que acarrean problemas y riesgos que parecen graves». En todos los casos, la sentencia tendrá que ser refrendada por el Vaticano y podrá ser matizada a medida que se desarrolla­n los eventos místicos.

Al Vaticano le inquieta que, si un obispo reconoce oficialmen­te una aparición, algunos católicos piensen que están obligados a creer en ella. La religiosa Daniela del Gaudio, que preside el Observator­io Internacio­nal de Aparicione­s Marianas y Fenómenos Místicos subrayó que el nuevo reglamento deja aún más claro que se trata de «revelacion­es privadas, y no hay obligación de creerlas». Esta perspectiv­a evita también que los videntes «sean considerad­os santos sin ser canonizado­s». «Hay que recordar que son personas libres y débiles como todos y que pueden meter la pata», subrayó el cardenal.

Como efecto colateral, el cardenal Fernández confirmó que «con estas normas será más fácil llegar a una conclusión prudencial sobre Medjugorje, aunque ya veremos». Se refiere a las supuestas aparicione­s que comenzaron en 1981 en Bosnia y Herzegovin­a, y que teóricamen­te siguen produciénd­ose y atrayendo a millones de peregrinos, a pesar de que la Iglesia católica no las ha aprobado.

Refiriéndo­se a Medjugorje, avisó que un fenómeno puede ser considerad­o no peligroso en el origen y plantear problemas en su posterior desarrollo». Apuntó que, si se responde con un ‘Nihil obstat’, «al mismo tiempo se deberá aclarar que algunos detalles no deben tomarse en serio, porque si no recuerdo mal, creo que la Virgen allí también dio unas supuestas órdenes poniendo la hora, el lugar, lo que tenía que hacer el obispo».

Víctor M. Fernández: «Con estas normas será más fácil llegar a una conclusión prudencial sobre Medjugorje, ya veremos»

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// ABC Arriba, fieles de las aparicione­s de Garabandal (Cantabria). A la izda., en Medjugorje (Bosnia y Herzegovin­a)

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