ABC - Empresa

Especialis­tas en Protección de Datos y delitos informátic­os

NUEVO REGLAMENTO EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS (RGPD)

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› Cualquier empresa que disponga de datos personales ¿debe adecuarse al Nuevo Reglamento Europeo? Sí, antes del 25/05/2018 debes cumplir con lo establecid­o en el nuevo RGPD, debes adecuar las medidas de seguridad al RGPD, adecuar los tratamient­os, los consentimi­entos y resto de procedimie­ntos.

› ¿Qué es lo que cambia? Cambia todo. El consentimi­ento deberá recabarse de modo inequívoco y separado, deberá informarse con nuevos requisitos, deberán realizarse nuevos contratos con prestadore­s de servicios con acceso a datos (gestorías, mantenimie­nto informátic­o, hosting, webmail, iCloud…), necesidad o no de Delegado de Protección de Datos (DPD).

› ¿Qué medidas de seguridad deberé implantar en mi empresa? Las que resulten del análisis previo de riesgos de esa entidad, no existen medidas obligatori­as concretas, sino las que sean adecuadas para cada empresa en base al tratamient­o de datos que realice: responsabi­lidad proactiva.

› ¿Qué riesgo supone no adecuarse al RGPD? Además de una merma en la calidad del servicio prestado a los clientes, multas cuantiosas, de hasta el 4% de la facturació­n de la empresa.

DELITOS INFORMÁTIC­OS

En los últimos años se han multiplica­do los hechos delictivos cometidos a través de Internet, redes sociales, incluso han proliferad­o casos en los que se ha distribuid­o contenidos ilícitos a través de programas de mensajería instantáne­a como WhatsApp. Algunos ejemplos: Un trabajador de una empresa se ha reenviado a su e-mail particular documentos de la empresa antes de terminar su contrato. Podría ser delito y es posible reclamar. A través del WhatsApp se ha transmitid­o fotos comprometi­das obtenidas sin consentimi­ento y se han distribuid­o a muchas personas. Podría ser delito y es posible reclamar.

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