El protocolo recoge la nueva evidencia sobre la transmisión del virus por aerosoles
Distancia, ventilación y ‘habitación del pánico’ para la EBAU ▶ Con más de 20 años de experiencia, alegó que conocer el idioma no era requisito en 1996
Tal como se hizo el año pasado, el Gobierno ha elaborado un protocolo para la realización de las pruebas de Selectividad en el contexto de la pandemia. En este caso, destacan como principales novedades (aunque algunas ya son conocidas porque se aplican al margen de la EBAU) el uso obligatorio de la mascarilla, la ventilación natural con aire exterior como opción preferente, más limpieza (antes y después de cada prueba), el uso de una ‘habitación del pánico’, es decir, un aula de aislamiento ante alguna sospecha de positivo, el mantenimiento de 1,5 metros de distancia interpersonal en lugar de 2 metros y hasta qué hacer si un alumno tiene una duda.
Mascarilla sin válvula
El nuevo protocolo, aprobado ayer por la Comisión de Salud Pública, suma la evidencia científica acumulada, como la transmisión por aerosoles. Entre las medidas más relevantes destacan: mantener la distancia interpersonal de, al menos, 1,5 metros, el uso de la mascarilla para todo el que acceda al centro y en todos los espacios descartando el uso de la mascarilla con válvula.
El apartado de la ventilación es el que más cambios sufre. Señala que la opción preferente es la natural con aire exterior. Además, «se recomienda la ventilación cruzada, si es posible de forma permanente, con apertura de puertas y/o ventanas opuestas o al menos en lados diferentes de la sala, para favorecer la circulación de aire y garantizar un barrido eficaz por todo el espacio». Otra novedad es la necesidad de tener identificada, al menos, un aula para aislamiento, «donde puedan retirarse personas que inicien síntomas y no puedan dejar el recinto inmediatamente». Se insiste en evitar cualquier tipo de listado y cartelería poco visible que dé lugar a la aglomeración de personas. También se dan pautas de cómo actuar cuando el alumno tenga una consulta: «El alumno levantará la mano y el docente se acercará para resolverla, respetando las medidas de prevención».
Se recomienda acudir al examen, si se puede, en bicicleta o andando y que se registre la ubicación de los alumnos en las aulas para el seguimiento epidemiológico si hubiese algún caso.
Sin sueldo por no saber catalán. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha dado la razón a la conselleria de Educación del Govern balear, que dejó de financiar las retribuciones y cuotas de la Seguridad Social de un profesor con más de veinte años de antigüedad por no acreditar el título de catalán para dar clases de música y a pesar de que el docente dominaba el idioma.
La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, considera que «con independencia de la asignatura cursada, se exigía una capacitación en catalán para poder ejercer la docencia por parte de los profesores».
El tribunal le reprende por no haber acreditado ningún conocimiento este idioma y «ni siquiera haber participado en alguno de los cursos de reciclaje». Señala que cuando tomó posesión, tenía obligación de acreditarlo, basándose en la Ley de Normalización Lingüística de 1986.
En 2012, la Sindicatura de Cuentas recomendó a la Administración entonces gobernada por el PP que adoptase las medidas precisas para garantizar que todos los docentes de la escuela concertada acreditaran la capacitación académica de los docentes para impartir enseñanza, es decir, que aportaran el título C de catalán.
Tres años después, el Gobierno de la socialista Francina Armengol reguló como «condición indispensable» para que la Administración financie los salarios y las cotizaciones de los profesores de la concertada «que éstos cumplan los requisitos establecidos por la normativa vigente para ejercer la docencia en las áreas, las materias, los módulos, los cursos y los niveles en que lo hagan».
En enero de 2017, la Conselleria requirió a los dos centros concertados donde trabajaba este docente, ambos en Menorca, que aportaran la titulación de catalán del demandante, más el CAP y el seminario obligatorio en la actualidad.
En septiembre, se reiteró a ambos centros concertados el mismo requerimiento y se otorgó un plazo para obtener la titulación requerida y para que notificasen los requerimientos a su trabajador.
Según la sentencia, el profesor de música ni se inscribió en las pruebas de nivel C1 ni tampoco superó las pruebas del nivel B2 de catalán en las convocatorias de enero y de junio de la Dirección General de Política Lingüística del Govern balear. Al no haber aprobado al menos dos de los bloques del nivel C1, tampoco pudo obtener la puntuación mínima necesaria para conseguir la prórroga extraordinaria.
Seis recursos similares
Finalmente, en agosto de 2018, el conseller de Educación Martí March, acordó cesar la financiación de las retribuciones y cuotas de la Seguridad Social del profesor en los centros concertados. Y en febrero de 2019, formulado recurso de reposición contra esos acuerdos y emitido informe al respecto por la Jefa de Departamento del Servicio de Nóminas, nuevamente el conseller resolvió desestimar el recurso de reposición.
En esta nueva sentencia, los magistrados recuerdan que han resuelto ya al menos otros seis recursos similares en los últimos meses por profesores en situación similar, casi todos de educación física o de música. El fallo impone las costas a los dos centros donde trabajaba este profesor de música, que recurrieron la decisión. La cuantía del recurso se ha fijado en 17.900,56 euros.
Reproche El tribunal le recrimina no haber participado tampoco en ningún curso de reciclaje