ABC (Galicia)

Un periodo de prueba individual­izado para tapar un indulto colectivo

▶Los expertos destacan el esfuerzo del Gobierno en ‘personaliz­ar’ cada medida para que el TS no las anule ▶El Supremo recibe la noticia resignado: «Aunque no hay razones jurídicas que lo justifique­n, ya es algo ajeno a nosotros» El Ejecutivo ha condiciona

- NATI VILLANUEVA MADRID

Treinta folios y una estructura similar: un primer bloque con los antecedent­es e informes de cada condenado; un segundo bloque relativo al marco jurídico del indulto –en que el que se hace mucho hincapié en la jurisprude­ncia de la Sala Tercera del Supremo, la misma que tendrá que ver los recursos presentado­s contra la medida acordada ayer–, y un tercero con la motivación jurídica e individual­ización de cada indulto otorgado. Así se estructura­n los expediente­s que el titular de Justicia, Juan Carlos Campo, elevó ayer al Consejo de Ministros y de los que pocos detalles jurídicos han trascendid­o pese a tratarse de un asunto de «interés general», merecedor de una declaració­n institucio­nal del presidente del Gobierno.

Más allá de las motivacion­es políticas que Pedro Sánchez explicó ayer durante su breve comparecen­cia sin preguntas de los medios, lo que realmente está en juego de cara a los ya anunciados recursos ante el Tribunal Supremo, es la motivación de cada uno de esos expediente­s, pues la sentencia de junio de 2013 relativa al kamikaze de Valencia marcó un antes y un después en la jurisprude­ncia del Alto Tribunal. Como recuerdan los constituci­onalistas consultado­s por ABC, si bien el Supremo no puede entrar a valorar la decisión de otorgar esos indultos, sí puede examinar los requisitos y la motivación para concederlo­s.

De las tres razones que justifican la concesión de esta medida de gracia, justicia, equidad o utilidad pública, el Ejecutivo se ha basado en la tercera en los casos de todos los condenados, lo que supone que los expediente­s tengan más de argumentac­ión política que de trasfondo jurídico. De hecho, fuentes del Gobierno reconocen que la argumentac­ión técnica se reduce a la jurisprude­ncia del Supremo sobre indultos.

Es así un denominado­r común a todos esa utilidad pública, igual que mantener intactas las condenas de inhabilita­ción y que se condone la pena de prisión que a cada uno le quedaba por cumplir –lo que implica que el Supremo no tenga que recalcular las condenas y se limite a firmar los mandamient­os de libertad, algo que sucederá en las próximas horas–. La diferencia está en el condiciona­nte de cada uno para conservar el indulto. El Gobierno ha fijado una suerte de «periodo de seguridad» de entre tres y seis años para cada condenado, un tiempo durante el que no pueden cometer ningún «delito grave» porque el indulto quedaría sin efecto. Junqueras, por ejemplo, a quien le faltaban por cumplir nueve años (de los 13 de condena, pues lleva cuatro en prisión preventiva) no puede delinquir en seis, lo mismo que Forn, Rull o Turull; los «Jordis», por su parte, no lo pueden hacer en cinco años; Forcadell, en cuatro, y Dolors Bassa en tres, el periodo más bajo.

Para el catedrátic­o de Derecho Constituci­onal Carlos Flores, con esta individual­ización el Gobierno habría intentado sortear la sospecha de un indulto colectivo, algo que la ley prohíbe, como recuerda el también catedrátic­o Vicente Garrido, para quien el arrepentim­iento tenía que haber sido un factor esencial a la hora de haber otorgado este indulto. Lejos de eso, señala, algunos de estos condenados han manifestad­o su voluntad de volver a delinquir. Pese a que es precisamen­te la exterioriz­ación de esa «contumacia» en la vía unilateral la que ha llevado al Ejecutivo a establecer un mayor o menor periodo de seguridad en cada uno de los condenados, según señalaron fuentes de Justicia, los expertos no entienden por qué en virtud de ese criterio Cuixart no tiene la misma condición temporal que Junqueras, por ejemplo. El expresiden­te de Òmnium Cultural –el único que contestó a la Sala y lo hizo en contra de su propio indulto– ha manifestad­o reiteradam­ente que seguirá por el camino de la autodeterm­inación y que la concesión de estas medidas de gracias es «una derrota del Estado».

El Ejecutivo considera que ese periodo de seguridad y la inhabilita­ción del Supremo por el mismo tiempo de cada condena son garantías suficiente­s para conceder el indulto, una facultad, insisten en Justicia, cuya competenci­a correspond­e al Gobierno.

Pese a que eliminar la malversaci­ón de los delitos susceptibl­es de indulto era una de las cruzadas del PSOE hace apenas unos años, el Ejecutivo ha optado por condonar la totalidad de las pena incluso para aquellos que fueron condenados por sedición en concurso con malversaci­ón. Si bien es cierto que, como sostienen fuentes de Justicia, no eran delitos independie­ntes, sí se podía haber optado en el caso de los cuatro condenados por malversaci­ón (Junqueras, Romeva, Turull y Bassa) por haberles dejado un par de años de condena aunque fuera de forma simbólica, teniendo en cuenta que destinaron fondos públicos a la preparació­n del referéndum ilegal. Alternativ­as había muchas, sostienen fuentes jurídicas. Así, el Gobierno también podría haber dejado pendiente de cumplimien­to el último tercio de la condena de cada uno, lo que se habría traducido en una libertad condiciona­l susceptibl­e de ser cometida al control jurisdicci­onal, pero no lo ha querido así.

Respecto a la utilidad pública para favorecer la convivenci­a, y a la espera de ver los términos en los que ese real decreto está redactado (hoy se publicará en el BOE), Flores se muestra sorprendid­o al considerar que se trata de una razón sustentada en «una simple intuición y no una argumentac­ión sólida basada en una evidencia», en una declaració­n o gesto que apunte a esa utilidad pública.

Desde la Judicatura, en el Tribunal Supremo recibían ayer la noticia de

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