Competencia exige a Correos que corrija sus cuentas desde 2016
▶ Considera que la entidad engorda la parte del negocio por la que recibe subvención
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) exigió ayer a Correos que cambie aspectos de su contabilidad y corrija las cuentas presentadas desde el ejercicio 2016.
En concreto, el regulador pidió al operador postal que deje de considerar las notificaciones administrativas como cartas certificadas, que sí que están dentro del Servicio Postal Universal (SPU).
Correos es la compañía designada por ley para prestar el SPU, que se traduce en un conjunto de servicios postales que deben garantizarse de forma permanente en todo el territorio, con determinados estándares de calidad y a precios asequibles para los usuarios. Por ofrecer este servicio, Correos recibe una compensación por parte del Gobierno por la «carga financiera injusta» que le supone cumplir con estas obligaciones de servicio público. No obstante, solo forman parte del SPU los envíos nacionales y transfronterizos (ordinarios y certificados) de cartas, tarjetas postales (hasta 2 kg) y paquetes postales (hasta 20 kg), mientras que las notificaciones son «una comunicación o puesta en conocimiento de una decisión administrativa, que afecta a los derechos o intereses de cualquier persona física o jurídica». Al considerar las notificaciones administrativas como cartas certificadas, Correos se beneficia: las notificaciones administrativas generaron el 27% de los ingresos del segmento postal tradicional en 2020, según la CNMC.
Correos «no respeta la separación contable que debe existir entre servicios incluidos y excluidos del ámbito del SPU con el consiguiente impacto material en los resultados de su contabilidad analítica», apunta el regulador. Por ello, solicita a la compañía que dirige Juan Manuel Serrano que introduzca en su sistema de contabilidad de costes del ejercicio 2021 las modificaciones precisas para corregir la incidencia, y le reitera que debe presentar los resultados corregidos de los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Apunta la CNMC que el incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como una infracción administrativa de las previstas en el Título VII de la Ley Postal.
La empresa incumple
Correos, como compañía designada por ley para prestar el SPU, debe cumplir determinados objetivos de plazos de entrega y de calidad en la prestación del Servicio en todo el territorio nacional, y ofrecer determinados envíos a precios asequibles.
De hecho, hace casi dos años, en junio de 2021, el Gobierno marcó los nuevos objetivos que debía cumplir el operador postal, relacionados con la atención al cliente, y los plazos de entrega y la seguridad de los envíos.
La compensación económica que Correos recibe para poder cumplir con las obligaciones de servicio público pueden no obstante disminuir si no se alcanzan los objetivos fijados en el Plan de Prestación del Servicio Postal Universal.
Según la información publicada en abril por la CNMC, encargada de revisar la calidad de este servicio, Correos incumplió los objetivos de seguridad, número de quejas y reclamaciones y plazo de entrega del paquete postal y la carta certificada nacional en 2021, mientras que sí cumplió con los indicadores de atención al cliente y con el objetivo de entrega del 93% de las cartas ordinarias en tres días o menos.
En su resolución, el regulador recordó que incumplir los objetivos de calidad reduce la compensación que recibe Correos por prestar el SPU, y avanzó que en 2021 solo habría penalizaciones por incumplir los plazos de entrega, pero a partir de 2022 podría penalizarse el incumplimiento de cualquier indicador.