El TSXG decreta la suspensión cautelar de 13 parques eólicos
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), tras la sentencia emitida por el Tribunal Supremo el pasado mes de diciembre, adaptó los criterios a la hora de decidir sobre medidas cautelares respecto a parques eólicos. Desde esa resolución del alto tribunal, que rechazó dos de las causas que el TSXG tuvo en cuenta para decretar la anulación de algunas instalaciones —ambas relacionadas con el plazo del trámite de información pública en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental seguido antes de dictarse la autorización de los proyectos y del acceso a los informes sectoriales por el público interesado—, emitió hasta ayer 18 autos en los que decide sobre la solicitud de suspensiones cautelares de autorizaciones administrativas y de construcción de 16 parques eólicos, de los cuales 13 decretaron las suspensiones.
La medida cautelar, tal y como recuerda la Sala en algunos de los autos, tiene una vigencia temporal, «al ser la respuesta que el órgano judicial concede para evitar que el lapso de tiempo que transcurre hasta que recae un pronunciamiento judicial firme suponga la pérdida de la finalidad del proceso».
En concreto, el TSXG adoptó las medidas cautelares solicitadas respecto a los siguientes parques eólicos: Monte Neme (Carballo y Malpica de Bergantiños); Zamorra (Agolada); Touriñan III2 (A Estrada, Cuntis y Campo Lameiro);
Pico Seco (Lalín y O Irixo); Figueiras (Mondoñedo, Alfoz y Valadouro); Reboiro (Baralla, Castroverde y O Corgo); Rodeira (Vila de Cruces y Lalín); O Cerqueiral (Cabana de Bergantiños, Coristanco y Santa Comba); Chao do Marco (Becerreá); Felga (Aranga, Coirós y Oza-Cesuras); Serra do Faro (Rodeiro, Dozón, San Cristovo de Cea y Piñor); Monte Peón (A Lama); y As Encrobas (Cerceda, Carral y Ordes).
Las rechazó en Vilartoxo (A Baña y Val de Dubra); Neboada (A Rúa, A Pobra de Trives, San Xoán de Río, Vilamartín de Valdeorras, Quiroga y Ribas de Sil); y O Cerqueiral (Cabana de Bergantiños, Coristanco y Santa Comba).