El TC admite el recurso del Gobierno contra la reprobación del Rey
Da un plazo de 20 días a Torra para que se pronuncie, pero no suspende la moción
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el recurso del Gobierno contra la reprobación del Rey que el Parlamento de Cataluña aprobó el pasado 11 de octubre. El Ejecutivo de Pedro Sánchez impugnó esa moción al entender que invade competencias que no corresponden a la cámara autonómica.
La iniciativa del Parlament, que salió adelante con los votos de los comunes, Junts per Catalunya y ERC, rechazaba «el posicionamiento del Rey y su intervención en el conflicto catalán» (al considerar que justificó las cargas policiales del 1-O) y apostaba por la «abolición» de la Monarquía por «caduca y antidemocrática».
La admisión del recurso por parte del TC no supone la suspensión automática de la resolución del Parlament, ya que el Ejecutivo de Pedro Sánchez no invocó la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, según el cual un recurso del Gobierno puede suspender disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas hasta que se resuelva sobre el fondo del asunto, es decir, la constitucionalidad o no de esa moción.
De momento el Tribunal Constitucional se ha limitado a dar traslado de la admisión a trámite al Parlamento catalán, presidido por Roger Torrent, para que formule las alegaciones que estime oportunas en un plazo de veinte días.
El Consejo de Estado
El pasado octubre, el Gobierno presentó este recurso en contra del criterio del Consejo de Estado, que concluyó que no se puede privar a «una asamSegún blea representativa, como es el Parlamento regional, de expresar su disconformidad» con la actuación del Rey. El Parlament «no está sujeto a límites materiales que impidan manifestar opiniones contrarias a la Constitución», señaló el órgano consultivo en un informe no vinculante.
Sin embargo, el Ejecutivo decidió seguir adelante con la impugnación al considerar, según manifestó la vicepresidenta, Carmen Calvo, que era «absolutamente oportuno» que el Constitucional se pronunciara sobre la legalidad de la resolución contra el jefe de Estado.
argumentó el Ejecutivo en su recurso, la reprobación –impulsada por los «comunes»– vulnera cinco artículos de la Constitución y dos del Estatuto de Autonomía catalán. En concreto, el Gobierno esgrime que la resolución atenta contra los apartados del artículo 1 de la Carta Magna, que establecen que «la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado» y que «la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria». También vulnera, en su opinión, la unidad de la nación española que consagra el artículo 2 del texto constitucional.
El Ejecutivo recuerda que según el artículo 9.1, los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, y el 168 establece los requisitos para reformar la Carta Magna a través del Parlamento.
En opinión del Gobierno, la resolución vulnera también dos preceptos del Estatuto autonómico: el 2.4, que proclama que «los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña y se ejercen» de acuerdo con la Constitución y el propio Estatuto, y el 4.1., según el cual los poderes públicos catalanes deben promover los derechos y libertades recogidos en la Constitución.
Una moción idéntica
La reprobación del Rey por parte de la Cámara autonómica se produjo el pasado 12 de octubre, solo dos días después de que el propio Parlament rechazara una resolución de JxCat que perseguía lo mismo. Sin embargo, en aquella ocasión los votos del bloque secesionista no fueron suficientes, informa Ep. Los «comunes» no dieron su apoyo porque consideraron que aquella iniciativa, aparte de reprobar al monarca, también reivindicaba la vía unilateral a la independencia, opción que no comparten.
Contra la Carta Magna Para el Ejecutivo, la moción atenta contra la soberanía nacional que proclama la Constitución