ABC (Nacional)

Magistrado del Supremo «Uno puede rehacer su vida pero no a costa de otros en el domicilio familiar»

·El ponente de sentencias históricas, como la del uso de la vivienda familiar tras el divorcio, cuelga la toga

- NATI VILLANUEVA Nació en Zaragoza en 1948, Ha ejercido como magistrado en Asturias En 2005 aterrizó en la Sala Civil del TS,

MADRID

ara muchos es el alma de la Sala Primera del Tribunal Supremo, la que resuelve en casación procedimie­ntos civiles y mercantile­s. José Antonio Seijas lleva casi medio siglo dictando sentencias, los últimos trece en el Supremo. El miércoles, mientras recibía a este periódico en su despacho del Alto Tribunal, embalaba las últimas cajas con sus pertenenci­as. Se iba con el mismo sigilo y discreción con los que llegó a la plaza de las Salesas en 2005.

Maño de nacimiento y asturiano de corazón, este magistrado, referente en derecho de familia, se jubila a los 72 años dejando en su haber sentencias tan importante­s como las que han normalizad­o la custodia compartida por el interés del menor, regímenes de visitas de abuelos a nietos, la equiparaci­ón, a efectos jurídicos, de una madre biológica y su pareja del mismo sexo; o más recienteme­nte la prohibició­n del uso de la vivienda familiar al cónyuge que, tras una separación, convive de forma estable con un tercero. Con la humildad que le caracteriz­a, Seijas no se cansa de repetir que su voz es una más en el coro de una Sala que en apenas unos años ha conseguido adaptarse al nuevo concepto de familia del siglo XXI.

–La sentencia que veta el uso de la vivienda familiar a un cónyuge que convive con su nueva pareja venía siendo reclamada desde hacía tiempo. ¿Por qué se ha tardado tanto en resolver esta cuestión?

–Nosotros no buscamos el recurso, nos lo hemos encontrado, y es ahora cuando hemos tenido la oportunida­d de pronunciar­nos. Para asignar la vivienda, el Código Civil se basa en el concepto de domicilio familiar. Lo que hemos interpreta­do es que al entrar en esa vivienda un tercero de forma estable, eso ya no es el domicilio familiar. Se ha creado una nueva familia y eso puede afectar también a la pensión compensato­ria, a los alimentos e incluso al interés del menor si no se lleva bien con ese tercero.

P–Hay quien considera que se penaliza a uno de los cónyuges, pues se le impide rehacer su vida... –Todos tienen derecho a rehacer su vida, pero no a costa de otros. Ahí se ha creado un núcleo familiar distinto, pero vayamos más allá: imagínese que esta familia tiene dos hijos, que luego se separan otra vez estas personas, que entra un tercero en la casa… Eso ya no es vivienda familiar. El mismo criterio que tuvieron los padres para procurar a sus hijos una vivienda en el momento de la separación lo tienen que tenerlo ahora para rehacer su situación en relación al domicilio. En la sentencia hacemos un llamamient­o al legislador con el tema de las familias reconstitu­idas, porque es uno de los problemas que nos puede venir ahora y hay que legislarla. Tenemos ya mucha experienci­a detrás, esta sala ya tiene muchas resolucion­es. Falta una ley. Hay un automatism­o tremendo: quien se queda con los hijos se queda con la casa... No tiene por qué ser así. Hay situacione­s intermedia­s. Tu eres soltero, compras una casa con los ahorros de toda la vida, te casas (o no), tienes un hijo y cuando el niño tiene seis meses te separas. No vuelves a ver tu casa hasta que el niño cumpla 18 años. ¿Se está protegiend­o al niño? Sí, pero a lo mejor se le puede proteger de una manera distinta.

–Pese a la doctrina del Supremo sobre la custodia compartida, que debe ser norma y no excepción, ¿por qué los jueces de primera instancia son reacios a acordarla?

–Los equipos psicosocia­les no pueden convertirs­e en jueces. El juez tiene que valorar ese informe, como también tiene que valorar las circunstan­cias del caso y sacar las conclusion­es pertinente­s para adoptar o no la guarda y custodia compartida, pero eso hay que explicarlo bien. Exige un esfuerzo de valoración y muchas veces no hay informes psicosocia­les porque por desgracia tardan mucho tiempo. En abstracto la guardia y custodia compartida tiene que funcionar mejor que la monoparent­al, pero tampoco se han hecho estudios para saber si las sentencias de custodia compartida han surtido efectos positivos o negativos. Que funcione es una cuestión de voluntad, pensar, una vez más, en el interés del menor. No puedes sacar a un niño de un cumpleaños antes de tiempo porque tienes que entregarlo a las siete de la tarde a tu expareja. Y eso está pasando.

–¿Los abuelos son víctimas de una separación?

–Por supuesto. Hay abuelos que piden un régimen de visitas a los nietos incluso estando los padres en armonía, simplement­e porque no hay buena relación entre el matrimonio y ellos. La regla general de la Sala es que se permita esta comunicaci­ón, aunque hay casos graves en los que la hemos denegado precisamen­te pasó su infancia en Valladolid y ha vivido la mayor parte de su vida en Asturias.

entre 1981 y 2005 (desde 1992 como presidente de la Audiencia Provincial).

donde ha sido un referente en derecho de familia. El interés del menor y de la persona con discapacid­ad planea sobre cada una de sus sentencias. Esta semana fue premiado por el Foro de Justicia y Discapacid­ad del CGPJ. por el interés del menor. –El Supremo ha estado en las últimas semanas en el foco de la polémica por el asunto de las hipotecas. ¿Está en juego la credibilid­ad de este tribunal?

–Soy consciente de que esto ha afectado negativame­nte al Tribunal Supremo, pero los que conocen nuestra labor diaria saben que somos los de siempre, que aquí se hace un trabajo riguroso, serio, y que esta cuestión se ha desorbitad­o, porque al margen de un defecto puntual en la explicació­n del caso, lo que es cierto es que desde hacía más de veinte años el impuesto lo pagaba el que ha acordado la última sentencia que lo pague (el cliente). Era un tema jurídicame­nte discutible. Ahora bien, cuando existe en la sociedad la invocación de un cambio y cuan-

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