El TC recuerda al Govern que hay okupas con fines lucrativos
El Tribunal Constitucional dio a conocer ayer la sentencia con la que anula el decreto ley de Vivienda de la Generalitat de Cataluña, cuyo fallo avanzó la semana pasada, y que contempla por ejemplo la obligación de los grandes propietarios de ofrecer un alquiler alternativo a personas en situación de vulnerabilidad aunque estuviesen ocupando de manera ilegal una propiedad.
Presentado por el grupo del PP en el Congreso, el recurso, y la sentencia, suponen un duro golpe a una regulación que ya había recibido aceradas críticas del sector inmobiliario, e incluso del propio Consejo de Garantías Estautarias, órgano consultivo del Govern y que ya había advertido de la inconstitucionalidad del texto.
Carente de «racionalidad»
En su sentencia, el TC es contundente por ejemplo y considera que carece de «toda racionalidad» la nueva definición de vivienda vacía. Sobre la posibilidad de que la administración obligue al propietario a ofrecer un alquiler social al ocupante ilegal de una vivienda, para el TC suprime «de facto» el derecho a la propiedad privada. De manera significativa, el tribunal reprocha a la Generalitat que no tenga en cuenta que a la vez que hay ocupaciones ilegales motivadas por la falta de recursos económicos, hay otras que tienen una «finalidad lucrativa e incluso delictiva».
En paralelo, el TC considera la definición de «gran tenedor» de vivienda como «no justificada», en cuanto incluye a las personas físicas y no solo las jurídicas, y es además discriminatoria por que no incluye, recuerda, el que es el principal tenedor de viviendas de Cataluña, que es la adminstración pública.
La sentencia del TC ha sido celebrada por la asociacion de propieatarios de viviendas de alquiler Asval, que destacó que el fallo «establece de manera rotunda el carácter fundamental del Derecho a la Propiedad Privada» y deja claro que la regulación del derecho de propiedad «no puede regularse mediante el instrumento jurídico del Decreto-ley».