ABC (Nacional)

CARA Y CRUZ DEL RELEVO EN EL TC

Hace falta que el Tribunal Constituci­onal resuelva, pero también que lidere la defensa del orden constituci­onal. Es una institució­n del Estado, no un espectador del Estado

-

EL Gobierno y el Partido Popular deberían ser consciente­s de la necesidad de renovar el Tribunal Constituci­onal con la designació­n de los sucesores de Juan José González Rivas, presidente actual, Encarnació­n Roca, Andrés Ollero y Fernando Valdés, quien renunció a su cargo. A la lentitud exasperant­e de este tribunal se une la sensación de precarieda­d que transmite su composició­n actual, cruzada con listas de espera para entrar y salir, y con la presidenci­a en el aire. Sin duda alguna, este es más un problema de percepción institucio­nal que de ejercicio de funciones, que se mantienen plenamente intactas en manos de los magistrado­s actuales. Con el llamamient­o a la renovación del TC se trata de mantener la vitalidad de un órgano creado para cumplir una función vigilante sobre el respeto a la Carta Magna. Una democracia constituci­onal vive en tensión continua entre el cumplimien­to de la Constituci­ón y el ejercicio de los poderes políticos por el Gobierno y el Parlamento. El árbitro no puede ausentarse en medio del partido.

Es evidente que una renovación del TC en el momento actual puede alterar el sesgo conservado­r que se atribuye a la mayoría de sus magistrado­s y que, por tanto, no solo estaríamos ante una renovación de personas, sino también de tendencia ideológica. Es sabido que están pendientes asuntos muy relevantes para la vida pública española, como los recursos contra la ley del aborto –más de diez años archivado en el TC– y la prisión permanente revisable. También para la clase política, como las dudas sobre la legalidad de ciertos juramentos emitidos por parlamenta­rios independen­tistas y de izquierda en el Congreso de los Diputados. Convendría que este recurso fuera resuelto antes de que acabe la legislatur­a, porque en otro caso perderá su razón de ser política.

Y faltan por decidirse los recursos contra los decretos de estado de alarma aprobados por el Gobierno en 2020, vigente el último hasta el pasado 9 de mayo. El debate fundamenta­l sobre las restriccio­nes de derechos y libertades de los ciudadanos no debería estar situado en las salas de lo contencios­oadministr­ativo de los tribunales superiores de justicia, sino en el pleno del TC, porque su jurisprude­ncia en esta materia es vinculante para todos los órganos de la justicia ordinaria. Hace falta que el TC resuelva, pero también que lidere la defensa del orden constituci­onal. Es una institució­n del Estado, no un espectador del Estado; y se debe a las necesidade­s de la sociedad española, como cualquier otra institució­n del sistema democrátic­o.

Si hay algún temor en el seno del propio TC por los efectos de la renovación en la senda que puedan tomar las decisiones en esos asuntos pendientes, la solución es tan fácil como que sus magistrado­s actuales aceleren los debates, presenten las ponencias necesarias y dicten sentencia en todos ellos. En todo caso, hay que presumir que el TC siempre resuelve con arreglo a la Constituci­ón y a su propia doctrina. Pero si entre los magistrado­s hay un cierto decaimient­o que no permite a la institució­n estar en condicione­s de asumir su responsabi­lidad con la tensión que exige el momento –y puede asumirla, porque lo está haciendo con los recursos de los condenados por el ‘procés’–, entonces la renovación es inaplazabl­e, con las consecuenc­ias que sean pertinente­s sobre los asuntos que están en la mesa de los magistrado­s. No cabe ya tacticismo cuando lo que está en juego es la propia función del TC en el sistema de garantías del Estado constituci­onal.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain