ABC (Nacional)

La Justicia rechaza la ‘patada en la puerta’ contra las fiestas ilegales

El ministro, que ahora no valora la decisión, defendió esa actuación policial en Madrid

- I. VEGA / E. DELGADO

MADRID

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha asestado un duro golpe al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, al afirmar que se produjo «un exceso» de la Policía al entrar en un domicilio sin el consentimi­ento de sus moradores y sin que se estuviera produciend­o un delito flagrante porque se negaran a abrir la puerta e identifica­rse ante los funcionari­os. Asegura la Sala que la actuación de los agentes afectó a la inviolabil­idad del domicilio, aunque en esos momentos estuviera vigente el estado de alarma por la pandemia.

La intervenci­ón de los agentes, en un piso del centro de Madrid, fue defendida por Marlaska, que justificó la ‘patada en la puerta’ frente a fiestas ilegales en pisos turísticos que no se usan como morada y negó que los Cuerpos de Seguridad violentara­n derechos en situacione­s como esa. Los magistrado­s de la Sección 23, en un auto al que ha tenido acceso ABC, le piden al instructor que se deduzca testimonio de la actuación policial por si los funcionari­os cometieron una infracción penal.

Los jueces de la Sección 23 de la Audiencia de Madrid consideran que los agentes, con su actuación, incurriero­n en «un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabil­idad del domicilio». En este sentido, los jueces deciden no admitir la denuncia policial al no encontrar infracción penal en los hechos recogidos por los agentes en el atestado.

Con su auto, los jueces van más allá, se posicionan con dureza contra la actuación policial y recuerdan que el domicilio es «el reducto último de la intimidad personal y familiar». Así, exponen que los agentes no deberían haber entrado por la fuerza a la vivienda: «La razón de ser de la actuación policial consistía en la identifica­ción de las personas que se encontraba­n en el interior de la vivienda, infringien­do las medidas de distanciam­iento social y toque de queda para lo cual no era necesario penetrar en la vivienda por la fuerza, quebrantan­do el derecho a la inviolabil­idad del domicilio».

Para justificar y defender la actuación de la Policía, Fernando GrandeMarl­aska explicó que su labor es «hacer frente a infraccion­es de la ley» y, en este caso, «atajar fiestas ilegales», pero «en modo alguno limitar o violentar un derecho fundamenta­l». Preguntado por la inviolabil­idad del domicilio, el ministro y juez en excedencia dejó claro que en su opinión el concepto de «morada» no es formal, sino material, y afecta al lugar en el que se realice «la intimidad más plena de una persona». Y aunque formalment­e admitió entonces que un piso turístico puede ser morada, el ministro recalcó que hay casos en los que puede no serlo si su fin es otro, como hacer fiestas ilegales. En este sentido, añadió que, «en estas circunstan­cias actuales (plena pandemia, con estado de alarma), muchos inmuebles se utilizan única y exclusivam­ente para realizar fiestas ilegales, no para vivir ni para realizar la intimidad propia» que merece la protección fundamenta­l.

No es solo que ahora la Sección 23 de la Audiencia de Madrid haya echado por tierra toda la argumentac­ión del ministro; es que ya entonces todos los juristas advirtiero­n de que la actuación de la Policía había sido irregular y que la argumentac­ión de Grande-Marlaska no se sostenía, tal como informó ABC en su día.

Ayer, el ministro del Interior declinó hacer valoracion­es: «Tenemos que acostumbra­rnos a respetar el estado de Derecho», se limitó a afirmar, para añadir que las resolucion­es judiciales deben seguir su cauce «ordinario».

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