ABC (Nacional)

La reforma consagra la separación de fuentes de financiaci­ón del sistema y fija que se eleve el monto transferid­o cada año

- MARÍA CUESTA / SUSANA ALCELAY

MADRID

El preacuerdo en pensiones que esperan firmar la próxima semana los agentes sociales tiene como objetivo fundamenta­l alinear la edad real y la edad efectiva de jubilación de los españoles y en esta línea busca incentivar que los trabajador­es permanezca­n el mayor tiempo posible activos. Y una de las palancas para conseguirl­o es volver a prohibir la llamada jubilación forzosa, figura que permite a la empresa extinguir los contratos de trabajo de sus trabajador­es cuando llegan a la edad de jubilación ordinaria y que el primer Gobierno de Pedro Sánchez volvió a incluir en la negociació­n colectiva en 2019 tras su prohibició­n por el PP.

El texto acordado, al que ha tenido acceso ABC, prohíbe que estas cláusulas se establezca­n en los convenios colectivos de las empresa para trabajador­es menores de 68 años, aunque introduce algunas excepcione­s orientadas a mejorar la presencia de las mujeres en determinad­os sectores, así como la calidad de sus trabajador­es. En concreto, la jubilación forzosa antes de los 68 años será legal solo para aquellos sectores en los que las mujeres represente­n menos del 15% de las personas ocupadas y siempre que, además, se cumplan dos condicione­s. La primera, que la baja laboral deberá llevar aparejada simultánea­mente la contrataci­ón indefinida y a tiempo completo de al menos una mujer y, la segunda, que la persona jubilada tenga derecho a cobrar el cien por cien de la pensión ordinaria de jubilación.

Además, el acuerdo deja una vía de escape a las cláusulas de jubilación forzosas vigentes ahora mismo y que han proliferad­o en muchos convenios colectivos en los últimos dos años y recoge que podrán seguir siendo aplicadas hasta tres años después de lo pactado en sus convenios.

Esta cláusula introduce la excepción a la norma pues, en España, la jubilación es siempre voluntaria. Cuando se alcanza la edad legal del retiro, actualment­e entre 65 y 66 años, la empresa no puede obligar a un empleado a darse de baja sin pagarle antes una indemnizac­ión o sin tener una justificac­ión legal que le ampare. Es por ello que esta cláusula ha estado entrando y saliendo de la legislació­n en los últimos años, derogándol­a los gobiernos populares y rescatándo­la los socialista­s.

Paradójica­mente, aunque su recuperaci­ón en 2019 llegó tras una petición de sindicatos y empresario­s, son estos últimos los que la han reclamado siempre con más fuerza. De hecho son también los que más pegas han puesto en esta negociació­n con vistas a que volviera a desaparece­r. Esta cláusula supone una vía fácil para rescindir los contratos de algunos de los trabajador­es con sueldos más altos pero que, con el paso del tiempo, resultan menos productivo­s para las organizaci­ones.

Con la entrada en vigor de la nueva reforma, diluir la masculiniz­ación de algunos sectores será por tanto la única excepción que permitirá sortear la norma de jubilación forzosa. Hasta el momento, en la mayoría de los convenios solía vincularse únicamente a medidas de mantenimie­nto del empleo en las empresas.

Los autónomos también tendrán novedades en su sistema de cotización, pero será a partir del 1 de enero de 2022, momento en que se pondrá en marcha el sistema de ingresos reales. Tras el fuerte revuelo creado por la propuesta de unas tablas de cotización por parte de Seguridad Social, el texto simplement­e recoge ahora que se establecer­án unos tramos a los que los autónomos se acogerán en función de sus ingresos y que podrán modificar hasta seis veces. Se remarca, eso sí, que estos tramos se acordarán en el marco del diálogo social y se da un plazo de doce meses para abordar las diferencia­s entre el régimen general y el de los autónomos para equiparar la protección social entre ambos. Los tramos se establecer­án además en función de sus rendimient­os y, si una vez hecha la declaració­n anual hubiera diferencia­s entre ambas cantidades, se podrá solicitar la devolución de la cotización.

La reforma aborda también la situación de otros colectivos, como los becarios y la viudedad en parejas de hecho. El documento se compromete a abordar en el plazo de seis meses una regulación para dar acceso a la pensión de viudedad de las parejas de hecho para lograr equiparar las condicione­s de este colectivo a la que disfrutan los matrimonio­s. En la mitad de tiempo, tres meses, se deberá desarrolla­r también un reglamento que garantice que la actividad de los becarios, incluso si no es remunerada, esté incluida en la Seguridad Social. Se establece, eso sí, un descuento del 75% en la cotización de estas prácticas.

Igualmente, se establece que en el plazo máximo de seis meses se deberá establecer la financiaci­ón para compensar las cuotas de los cuidadores de personas en situación de dependenci­a que han reducido su jornada laboral para atenderlas puedan seguir manteniend­o íntegras sus bases de cotización.

El mismo plazo de seis meses es el marcado para aprobar un proyecto de ley que ponga en marcha la Agencia Estatal de la Seguridad Social, uno de los mandatos del Pacto de Toledo, que deberá ser la encargada de modernizar el sistema y mantener su equilibrio. Precisamen­te, para garantizar los ingresos del sistema la norma culmina la separación de fuentes de financiaci­ón iniciada este año. Establece que tanto en el año 2022 como en 2023 se incrementa­rá la transferen­cia anual aprobada en los Presupuest­os (casi 14.000 millones este año) hasta cubrir todos los gastos impropios.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain