El impuesto a los ricos liquida el blindaje fiscal del patrimonio de las personas con discapacidad
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La cruzada fiscal del Gobierno para obligar a pagar impuestos por su patrimonio a las grandes fortunas residentes en la Comunidad de Madrid y Andalucía bajo la bandera de la justicia social se va a cobrar algún daño colateral en ese mismo ámbito. El diseño del llamado Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que básicamente replica la normativa del Impuesto sobre el Patrimonio pero eliminando el efecto de las bonificaciones aprobadas por los gobiernos autonómicos, va a llevarse por delante, salvo cambio de última hora en el trámite de enmiendas del Senado, un puñado de disposiciones normativas aprobadas por hasta ocho gobiernos autonómicos para blindar el patrimonio protegido de las personas con discapacidad.
La Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad del año 2003 habilitó la posibilidad de que las comunidades autónomas pudieran declarar la exención total de los bienes y derechos protegidos de las personas con discapacidad en el Impuesto sobre el Patrimonio a modo de reconocimiento de los costes extraordinarios –y no siempre cubiertos por el sistema público sanitario o de atención social– que puede acarrear para ellas y para sus familias la cobertura de sus singulares necesidades de atencion y cuidados.
La puerta abierta de esa regulación estatal ha sido aprovechada por ocho comunidades autónomas que a día de hoy mantienen diferentes bonificaciones y ayudas fiscales para el colectivo: Cataluña, Andalucía, Asturias, Comunidad Valenciana, Aragón, Canarias, Extremadura y Castilla y León.
Las medidas fiscales en vigor van desde la exención total del Impuesto sobre el Patrimonio que existe en Canarias y Castilla y León a la bonificación en cuota del 99% del valor de los bienes y derechos que forman parte del patrimonio protegido de las personas con discapacidad, que rige en Cataluña, Asturias y Aragón (con un límite máximo de 300.000 euros), o a la ampliación del mínimo exento para las personas con discapacidad, que se ha ensanchado hasta los 1,5 millones en Andalucía, hasta el millón de euros en la Comunidad Valenciana o a entre 600.000 y 800.000 euros, en función del grado de discapacidad, que está reconocido en Extremadura.
Sin blindaje fiscal
Lo que hace el nuevo impuesto a los ricos, que esta semana encara el trámite de su paso por el Senado con escasas posibilidades de cambio, es establecer una tributación mínima para todos los contribuyentes con un patrimonio declarado que supere los tres millones de euros (3,7 millones de euros si se incorpora la vivienda habitual) y lo hace sin atender a ninguna circunstancia personal, al menos según la redacción con la que el impuesto ha llegado a la Cámara Alta.
«El nuevo impuesto no deroga las ayudas fiscales aprobadas para el colectivo de las personas con discapacidad por los gobiernos autonómicos. De hecho aunque quisiera no podría hacerlo», explica Luis Trigo, abogado experto en Derecho Tributario. «Pero por desgracia su desactivación ‘de facto’ será una consecuencia inmediata e inevitable con la actual redacción de la norma, salvo que en el Senado se remedie esta situación, ya que todo lo que tribute por debajo del mínimo que establece el nuevo impuesto, sea cual sea la causa de esa menor tributación, se habrá de tributar al Estado», avisa.
Fuentes del Cermi, la plataforma