EL 155
Desde siempre, el Consejo ha sido una entidad con un determinado grado de intervención episcopal. Cuando la reforma estatutaria de 1975 estableció que el presidente fuera un seglar, su elección era digital; con el dedo. Por vestir un poco el muñeco y muy al estilo del tardofranquismo se presentaba una terna votada por las cofradías para que el arzobispo de turno decidiera sin tener en cuenta el respaldo numérico de los candidatos. Sin ir más lejos, el primer presidente José Sánchez Dubé no fue el más votado de su terna. Para resolver la crisis actual bastaría con echar mano de los actuales estatutos que ofrecen dos posibilidades; o que siga el vicepresidente o que la Junta Superior vote la convocatoria de nuevas elecciones. El viernes, al ser preguntado, Asenjo dijo que aún no tenía un criterio y que esperaba evacuar consultas con su delegado episcopal y con Antonio Piñero para tener una idea de lo más conveniente. ¿Esto quiere decir que las cofradías no van a poder decidir por si mismas el futuro de la institución, o que la Junta Superior no va a poder ejercer libremente sus competencias? Como ha ocurrido en Cataluña, la Mitra ha aplicado un particular artículo 155 para remover al presidente. Lo que ahora hay que ver es si esa intervención ha sido puntual o tiene visos de perpetuarse más en el tiempo.