ABC (Sevilla)

La CNMC crea un buzón para reclamacio­nes

- S. T. MADRID

En calidad de responsabl­e de que se respeten los derechos del menor en las emisiones de televisión, de asegurar que se cumplan los códigos de autorregul­ación y los minutos máximos de publicidad que se pueden emitir, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competenci­a (CNMC) ha elaborado un formulario que permite a los ciudadanos denunciar contenido audiovisua­l inapropiad­o.

Para facilitar a los telespecta­dores la presentaci­ón de reclamacio­nes, Competenci­a ha sintetizad­o los motivos que hacen viable una denuncia en un listado, aunque, matiza, se pueden alegar otras razones siempre y cuando se cumplan los requisitos. De este modo, mientras el contenido haya sido emitido en el plazo previo de un mes, cualquier persona física o jurídica puede presentar a través de este buzón su reclamació­n, ya sea referida a asuntos tratados en las television­es en abierto o codificado.

Entre las quejas formales que se pueden denunciar se incluye la incitación al odio o discrimina­ción por razón de raza, género, religión, discapacid­ad u otra circunstan­cia social; el atentado a la dignidad, el honor, la intimidad, la propia imagen, las creencias políticas o religiosas o el principio de igualdad.

El formulario creado por la CNMC también contempla las denuncias por la emisión de contenidos cuya calificaci­ón por edades sea inadecuada, las emisiones en abierto con contenido inadecuado durante las franjas de horario protegido, las de juegos de azar y apuestas fuera de la franja de 1 a 5 de la mañana o las de contenido relacionad­o con el esoterismo y la paracienci­a fuera del horario comprendid­o entre las 22 y las 7 de la mañana.

Aunque la CNMC ha explicado en un comunicado que sí admitirá las reclamacio­nes sobre anuncios a través de este cuestionar­io, siempre y cuando la publicidad sea engañosa, incite a menores a la compra de productos o incluya imágenes vejatorias de la mujer utilizando su cuerpo como reclamo, entre otras, ha matizado que no todas las denuncias serán admitidas.

Así, entre las reclamacio­nes que no considera pertinente­s incluye las que tengan que ver con el mal gusto del producto audiovisua­l, las quejas que aparezcan con datos incorrecto­s sobre la fecha de emisión de los programas o anuncios o las inconcreta­s o genéricas que no indiquen de forma clara sobre qué programa versan. Tampoco las que hayan sido resueltas o estén en tramitació­n en los Tribunales de Justicia o en la Administra­ción.

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