Las dudas no pueden ser una barrera
¿Qué hago si soy discapacitado y encuentro obstáculos en la calle?
Si va por la calle, está en un parque o en cualquier lugar de la vía pública y detecta que hay barreras arquitectónicas puede poner una queja en el distrito que corresponda a ese espacio o bien en la Oficina de Acesibilidad que se encuentra en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo, sita en la isla de la Cartuja.
¿Y si se trata de un edificio público?
Puede poner una reclamación en el mismo lugar.
¿Tienen que estar todos adaptados? ¿Desde cuándo?
La legislación nacional vigente estableció el 4 de diciembre de 2017 como fecha límite en virtud de los plazos establecidos en la disposición adicional tercera del Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social.
¿Si tengo el problema en mi bloque a quién me quejo?
Dirigirse al administrador de fincas, si lo hubiere, o al presidente de la comunidad.
¿En qué ley se basarán para actuar?
En la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que es la que regula la vida en las comunidades de propietarios