ABC (Sevilla)

Dejan libres a los tres acusados del «crimen de las cuñadas»

Σ Decisión de la Audiencia después de que el TSJA anulara el juicio y la sentencia

- JESÚS DÍAZ

La primera consecuenc­ia de la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de anular el juicio por el conocido como «crimen de las cuñadas» y, como consecuenc­ia, la sentencia condenator­ia no se ha hecho esperar. La Audiencia de Sevilla acordó ayer la puesta en libertad de los tres acusados: Rosa y Carmen N.S. y Francisco Javier M.R., quienes fueron condenados a 23 años de cárcel por el asesinato de Anabel D.V., en una sentencia que ahora se ha dejado sin validez. Tendrán que volver a sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgados, aunque todavía no se conoce la fecha exacta.

El pasado miércoles se supo que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, atendiendo parcialmen­te los recursos presentado­s por las defensas de las dos hermanas, ejercidas por Diego Silva y Esperanza Lozano, acordaba la nulidad del juicio y, por consiguien­te, la nulidad del veredicto de culpabilid­ad del jurado y de la sentencia emitida en marzo de este año y en la que la magistrada-presidenta del tribunal, Esperanza Jiménez, imponía 23 años de cárcel a cada uno.

Esta decisión del Alto Tribunal andaluz suponía un vuelco en toda a regla al caso. Habrá nueva celeberaci­ón de juicio con nuevo jurado y nuevo magistrado-presidente.

Sin embargo, éste no ha sido el único sobresalto que ha vivido este procedimie­nto. Inicialmen­te las personas que estaban inculpadas por el asesinato de Anabel D.V., la viuda de uno de los hermanos de las acusadas, eran Francisco Javier, Rosa N.S. y Elena N.S., otra de las hermanas.

Pero una rueda de reconocimi­ento antes del juicio con jurado lo cambió todo. Una testigo protegido no reconoció a Elena y sí a Carmen como una de las personas que la mañana del 19 de abril de 2016 estuvo en la casa de Anabel en La Rinconada.

La causa, que por entonces ya estaba en la Audiencia, tuvo que volver al Juzgado de Instrucció­n para que Elena fuera excluida e imputar a Carmen.

Precisamen­te, las testigos protegidos y su declaració­n en el juicio han sido la clave para la sorpredent­e decisión del TSJA. Declararon por video

Aún no hay fecha señalada para la celebració­n de la vista oral, que tiene que contar con nuevo jurado

conferenci­a y sólo pudieron ser vistas por el jurado. Su identidad, a pesar de la petición de los abogados defensores, fue reservada ante posibles represalia­s.

Para los abogados defensores esta decisión de la magistrada les causó indefensió­n, por lo que acudieron tras l a sentencia con este argumento al TSJA, que ahora les da la razón y ordena repetir el juicio.

Las declaracio­nes de las testigos protegidos, a pesar de que no fueron coherente en todo momento en relación a la identifica­ción de los tres acusados tanto en l a rueda fotográfic­a como en el plenario, es la única prueba, según el Alto Tribunal andaluz, para fudamentar la condena de las dos hermanas y el varón, que fue pareja de una de ellas.

Medidas cautelares

Tras la decisión del TSJA, las defensas solicitaro­n su puesta en libertad porque ya no están condenados y vuelven a la situación procesal de acusados. Si bien, cabe recordar que Rosa, Carmen y Francisco Javier, antes del juicio, estaban en libertad provisiona­l después pasar un tiempo en prisión.

La decisión de la Audiencia no se ha hecho esperar y la propia magistrada Esperanza Jiménez ha acordado la puesta en libertad provisiona­l de los tres acusados, que deberán cumplir una serie de medidas cautelares que aseguren su disponibil­idad para con el tribunal del jurado.

Así, se les ha impuesto la obligación de comparecen­cia los día 1 y 15 de cada mes en el Juzgado de Instrucció­n que correspond­a al partido judicial de su residencia, y caso de recaer el día de presentaci­ón en festivo, el siguiente hábil.

Además, se impone la prohibició­n de acercamien­to en un radio de 300 metros a la calle Gerardo Diego de la localidad de La Rinconada, donde vivía Anabel y donde fue asesinada.

La Audiencia apercibe a los tres acusados de que los incumplimi­entos podrán implicar la modificaci­ón de la situación personal acordada y en su caso la deducción de testimonio por la posible comisión de ilícito penal por quebrantam­iento.

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MANUEL GÓMEZ Los tres acusados frente a la magistrada durante el juicio del pasado mes de febrero

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