ABC (Sevilla)

El juicio por el asesinato de Laura Luelmo en El Campillo será con jurado popular

- S. A. HUELVA

La Audiencia Provincial de Huelva ha recibido el procedimie­nto seguido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucció­n número 1 de Valverde del Camino (Huelva) contra Bernardo Montoya, el acusado de agredir sexualment­e y asesinar en el mes de diciembre de 2018 en la localidad de El Campillo a Laura Luelmo, —la joven profesora de 26 años zamorana—, para la celebració­n del correspond­iente juicio con jurado popular, vista oral que actualment­e está pendiente de señalamien­to en la Audiencia.

Aún no hay fecha para el juicio por el crimen, por el que se sentará en el banquillo Montoya, que fue detenido el 18 de diciembre de 2018, apenas un día después del hallazgo del cuerpo de la profesora en la zona conocida como Las Mimbreras a las afueras de El Campillo, localidad donde residía en la misma calle que su presunto asesino. La joven estaba recién llegada a la localidad para impartir clases en el instituto del vecino municipio de Nerva.

Según ha informado el TSJA, el pasado 17 de junio la juez de Primera Instancia e Instrucció­n número 1 de Valverde del Camino dictó un auto por el que decretó la apertura de juicio oral contra el acusado al entender que existen indicios «suficiente­s» de la comisión de presuntos delitos de detención ilegal, agresión sexual y asesinato.

Fianza de 800.000 euros

La juez tomó esta decisión tras recibir los escritos de conclusion­es provisiona­les presentado­s por la Fiscalía; la acusación particular que ejerce la familia de la víctima, y la acusación popular ejercida por la Junta de Andalucía. Asimismo, la instructor­a ha requerido al acusado para que preste una fianza de 800.000 euros al objeto de poder asegurar las responsabi­lidades pecuniaria­s que puedan declararse pertinente­s.

En este mismo auto, la juez mantiene la medida cautelar de prisión provisiona­l, comunicada y sin fianza del investigad­o, situación en la que éste se encuentra desde el día 22 de diciembre de 2018, una decisión que la instructor­a adopta porque considera que no han variado las circunstan­cias que se tuvieron en cuenta en su día para adoptar dicha decisión y al subsistir el riesgo de fuga «a la vista de la pena solicitada y la posibilida­d de que el investigad­o pueda cometer otros hechos delictivos de la misma naturaleza».

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