El juicio por el asesinato de Laura Luelmo en El Campillo será con jurado popular
La Audiencia Provincial de Huelva ha recibido el procedimiento seguido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde del Camino (Huelva) contra Bernardo Montoya, el acusado de agredir sexualmente y asesinar en el mes de diciembre de 2018 en la localidad de El Campillo a Laura Luelmo, —la joven profesora de 26 años zamorana—, para la celebración del correspondiente juicio con jurado popular, vista oral que actualmente está pendiente de señalamiento en la Audiencia.
Aún no hay fecha para el juicio por el crimen, por el que se sentará en el banquillo Montoya, que fue detenido el 18 de diciembre de 2018, apenas un día después del hallazgo del cuerpo de la profesora en la zona conocida como Las Mimbreras a las afueras de El Campillo, localidad donde residía en la misma calle que su presunto asesino. La joven estaba recién llegada a la localidad para impartir clases en el instituto del vecino municipio de Nerva.
Según ha informado el TSJA, el pasado 17 de junio la juez de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde del Camino dictó un auto por el que decretó la apertura de juicio oral contra el acusado al entender que existen indicios «suficientes» de la comisión de presuntos delitos de detención ilegal, agresión sexual y asesinato.
Fianza de 800.000 euros
La juez tomó esta decisión tras recibir los escritos de conclusiones provisionales presentados por la Fiscalía; la acusación particular que ejerce la familia de la víctima, y la acusación popular ejercida por la Junta de Andalucía. Asimismo, la instructora ha requerido al acusado para que preste una fianza de 800.000 euros al objeto de poder asegurar las responsabilidades pecuniarias que puedan declararse pertinentes.
En este mismo auto, la juez mantiene la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza del investigado, situación en la que éste se encuentra desde el día 22 de diciembre de 2018, una decisión que la instructora adopta porque considera que no han variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día para adoptar dicha decisión y al subsistir el riesgo de fuga «a la vista de la pena solicitada y la posibilidad de que el investigado pueda cometer otros hechos delictivos de la misma naturaleza».