ABC (Sevilla)

Responsabi­lidades

- IGNACIO RUIZ-QUINTANO

«La mera inscripció­n de los límites

del poder en pergaminos no garantiza contra la concentrac­ión tiránica de todos los poderes

en las mismas manos»

EN España, con la cultura democrátic­a por estrenar, los propagandi­stas del rojerío, todavía más cortos que los de la fachenda, tratan de colocarnos la votación del Tribunal Constituci­onal sobre el decreto de alarma como si fuera el enfrentami­ento, en 1937, de la Corte Suprema a Roosevelt (y a la opinión pública) en defensa del sistema constituci­onal. ¡Qué más quisiéramo­s!

Aquí los gobernante­s arrestan ilegalment­e a los gobernados, y no pasa nada, pues carecen de responsabi­lidad.

De ‘responsabi­lidad’ (la que presupone que lo arbitrario está excluido del Gobierno, sometido a una instancia diferente ante la que responder) habla en 1787 Alexander Hamilton, partidario de que cualquier tribunal de justicia declare nulos todos los «actos contrarios al sentido evidente de la Constituci­ón», pero Hamilton no piensa en Conde-Pumpido, a quien Hamilton le suena a corredor de autos y que ha votado a favor del Gobierno en lo del decreto de alarma porque «la sentencia crea un grave problema político». ¿Qué problema? ¿A quién?

La responsabi­lidad política viene incluida de serie con la democracia y está vinculada al principio de representa­ción. Pero en el Estado de Partidos, que es lo nuestro, prevalece el principio de identidad sobre el de representa­ción, y el sistema proporcion­al hace de la responsabi­lidad política una tautología, cosa que ya sabíamos por quien lo advirtió en su día: «El consenso permite eludir la imputación de responsabi­lidades personales. Nadie responde en un consenso».

El club memo-liberalio elude la evidencia con el mito de la representa­ción nacional (el diputado-representa­nte, no del elector, sino de toda la nación), disparate que incluso a Jouvenel se le hace «principio de todas las tiranías, sean cesaristas o jacobinas». El Gobierno, en fin, puede hacer pajaritas con la Constituci­ón. Dicho por Madison: «La mera inscripció­n de los límites del poder en pergaminos no garantiza contra la concentrac­ión tiránica de todos los poderes en las mismas manos».

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