Servicios extraordinarios
«Toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, está obligada a cooperar (...) pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza, con la correspondiente indemnización»
«Toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, está obligada a cooperar (...) pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza, con la correspondiente indemnización»