Castells desprotege el mobiliario y los edificios de la universidad en su nueva ley
El anteproyecto de Convivencia califica de falta «muy grave» dañar el patrimonio histórico, pero no el resto de bienes
El anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria adelantado ayer por ABC desprotege el patrimonio de la universidad (mobiliario, instalaciones, edificios...). El texto del ministro Manuel Castells, que irá previsiblemente al Consejo de Ministros en segunda vuelta el próximo martes, introduce algunas modificaciones respecto a las sanciones que se imponen por producir daños al patrimonio histórico y cultural de la universidad o al patrimonio ‘a secas’, es decir, el restante.
Así, el nuevo texto (aprobado el jueves por la Comisión de Secretarios de Estado y Subsecretarios) señala que es una falta «muy grave» (el escalón más alto en las faltas) «destruir y deteriorar de manera irreparable o sustraer obras del patrimonio histórico y cultural de la universidad». Mientras que el texto inicial no especificaba que tenía que tratarse solo del patrimonio histórico y cultural para entrar en falta «muy grave».
De esta forma, deja el resto del patrimonio universitario ‘desprotegido’ al entrar en la categoría de «falta grave» y, por tanto, con una sanción menor. Así, en el listado de faltas graves figura: «Deteriorar gravemente los bienes del patrimonio de la universidad».
En el primer caso, las sanciones van desde la expulsión de dos meses hasta tres años o la pérdida de derecho de matrícula parcial, durante un curso o semestre académico. En el caso de las faltas graves, se castiga con la expulsión de hasta un mes o la pérdida de derecho de matrícula o del derecho a la convocatoria ordinaria durante el curso o semestre académico en el que se comete la falta y respecto de la asignatura en la que se hubiera cometido.
Las universidades públicas tienen un patrimonio histórico-artístico que se rige por la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español. Esta tipología de bienes es la que está protegida con una sanción muy grave si es deteriorado. El resto de bienes patrimoniales no tendrán la misma protección.
Por poner un ejemplo: si un alumno deteriora de forma irreparable una imagen de las fachadas históricas de la Universidad de Alcalá, Salamanca o Barcelona es falta muy grave, pero si deteriora un laboratorio es falta grave. María Jesús Moro, profesora de Derecho Civil y portavoz de Universidades del Partido Popular, se pregunta qué se le está enseñando a los estudiantes si ven a través de la nueva norma «que destruir patrimonio de la universidad no es una falta muy grave».
A juicio de Moro, el Ministerio de Universidades «podría graduar las sanciones incluyendo en ‘muy graves’ el deterioro del patrimonio histórico, así como también la destrucción o deterioro grave de cualquier otro patrimonio universitario porque, de lo contrario, pueden dañar un laboratorio o una sala de ordenadores y solo sería falta grave».
El anteproyecto que, como adelantó ABC, no quita la beca a los estudiantes que cometen fraude académico (como, por ejemplo, copiar en un examen o usar pinganillos electrónicos), pretende derogar el «anacrónico» y «preconstitucional» Reglamento de Disciplina Académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica de 1954, que sigue vigente de forma parcial. La nueva norma se aplica solo para las universidades públicas.
«Estado dictatorial»
El preámbulo del anteproyecto critica que dicho reglamento «está diseñado principalmente para controlar el orden público en las universidades entendido con caracteres propios de un Estado dictatorial» y por tanto, contrario a la democracia actual. Le da preferencia a la mediación como método de resolución de conflictos y determina la creación de comisiones de convivencia por parte de las universidades.