Explotaban a un jornalero al que obligaban a vivir en un contenedor
La Audiencia de Sevilla condena a dos hermanos agricultores del pueblo de Paradas
Estaba en España de forma irregular, trabajaba en una finca agrícola de Paradas sin contrato ni dado de alta en la Seguridad Social, su vivienda era un «container» ubicado en el mismo campo y dormía en un carro donde acarreaban los animales. Así vivió un hombre de nacionalidad colombiana durante un tiempo a las órdenes de dos hermanos agricultores de este municipio sevillano, que han sido condenados por la Audiencia por ir contra los derechos de los trabajadores, lesiones y omisión del deber de socorro.
Los dos hermanos T.R. fueron juzgados por un tribunal de la Audiencia de Sevilla. La Fiscalía le pedía cinco años de cárcel y el pago de una indemnización a la víctima superior a los 33.000 euros. Además, exigía que se les prohibiera dirigir y explotar fincas con labores agrícolas y ganaderas durante cinco años. Pero el día del juicio, antes de la vista oral, la Fiscalía, la acusación particular, ejercida por los herederos del trabajador explotado, y las defensas alcanzaron un acuerdo de conformidad, que permitía una rebaja sustancial de las penas solicitadas por las acusaciones. El tribunal, atendiendo al acuerdo, ha condenado a uno de los hermanos a un año de prisión y ocho meses de multas a razón de cinco euros al día; mientras al otro acusado se le impone una condena de cuatro meses de cárcel, sustituible por ocho meses de multa a razón de cinco euros al día; más otra multa de cuatro meses con igual cuota. Los dos deben indemnizar a los herederos de la víctima en 18.000 euros, que consignaron antes del juicio.
Los hechos juzgados se remontan a la primavera de 2015. Este hombre, de unos 50 años y nacionalidad colombiana, se hallaba en España en irregular situación administrativa. En torno al 5 de abril de aquel año, comenzó a trabajar en una finca situada en Paradas, que explotaban los dos acusados. A cambio de regularizar su situación, aunque «sin la intención real de hacerlo» y con objeto de «ahorrar gastos aprovechándose de la situación» del trabajador, el principal acusado le ofreció trabajo, viviendo el operario en el interior de la finca en un «container», donde tenía sus cosas, pero dormía en un carro donde acarreaban los animales que se encontraban al lado. Esas condiciones de precariedad eran conocidas y aprovechadas por los dos acusados.
Según la sentencia de la Audiencia, facilitada por el TSJA a este periódico, los dos hermanos, «además de las condiciones de habitabilidad, no le formalizaron contrato de trabajo alguno ni le dieron de alta en la Seguridad Social, ni tenía horario de trabajo»: carecía de los derechos que la legislación española concede a los trabajadores por cuenta ajena. Cobraba 600 euros, pero la mitad de dicho dinero lo enviaba a su familia, que residía en Colombia. Desarrollaba su trabajo «en condiciones carentes de cualquier tipo de relación laboral civilizada».
El 27 de mayo uno de los hermanos quitó del lugar donde depositaban las pacas una cepo-trampa que había colocado para prevenir robos y lo tiró por encima de una verja de dicho lugar, sin decirle nada al trabajador, donde estaban las citadas pacas. La víctima, al pasar por el citado sitio para quitar las pacas viejas por indicación de los acusados, pisó inadvertidamente con su pie derecho el cepo-trampa, clavándose un clavo que traspasó el zapato y el pie.
La herida era de gravedad. Pero por su situación ilegal en España, los acusados no lo llevaron al médico, sino que lo cosieron ellos mismos. Las consecuencias de esa decisión y de no haber asistido debidamente al trabajador fueron una lesión gangrenosa que terminó en una necrosis. Le tuvieron que amputar de los dedos segundo a quinto del pie derecho.
El trabajador dormía en un carro que usaban para transportar animales dentro de la finca
No lo llevaron al médico cuando sufrió un accidente en el pie, lo que le provocó la amputación de los dedos