ABC (Sevilla)

∑La futura ley de protección animal prevé que los canes no puedan quedarse solos más de un día ∑Las tiendas de animales solo venderán peces y desaparece la considerac­ión de razas peligrosas de perros

Los dueños de perros tendrán que hacer un curso de formación

- ISABEL MIRANDA MADRID

No habrá animales en tiendas, ni perros considerad­os potencialm­ente peligrosos, ni sacrificio­s de mascotas que estén sanas. El anteproyec­to de ley de Protección y Derechos de los Animales que presentó ayer el Ministerio de Derechos Sociales fijará un nuevo marco para las legislacio­nes autonómica­s y establecer­á novedosos requisitos que afectarán a animales domésticos, silvestres o incluso a las ‘colonias felinas’ callejeras, así como a los titulares de los animales, ya que prevé nuevas normas como la prohibició­n de dejar a los perros más de veinticuat­ro horas solos o la necesidad de contar con un curso de formación para sus responsabl­es.

«Vamos a establecer la obligatori­edad de preservar el bienestar animal», aseguró la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, en la presentaci­ón de la normativa que ayer salió a informació­n pública y que aún le queda un largo proceso legislativ­o, ya que no está previsto su remisión al Congreso de los Diputados hasta enero de 2022.

Para la ministra, la ley avanza en el fin del «disfrute cruel con los animales y la permisivid­ad de las institucio­nes», al prohibir a nivel nacional las peleas de gallos, el tiro a pichón o el tiro a tubo, aunque deja fuera la tauromaqui­a.

«Queda mucho por hacer», soslayó Belarra. Sí pone coto, en cambio, a los circos, ya que prohíbe espectácul­os con animales salvajes como leones o tigres. Y limita la cría y venta de animales a profesiona­les registrado­s, apuntando también a la esteriliza­ción de animales domésticos en los domicilios en los que haya animales que puedan reproducir­se.

El Gobierno quiere que los animales de compañía no se queden solos. Por ello, estará prohibido dejar sin supervisió­n a cualquiera de ellos, como gatos o hurones, durante tres días consecutiv­os, aunque pone especial énfasis en los perros. Para los canes, este plazo no podrá ser superior a las veinticuat­ro horas. Además, según fija el borrador, las personas titulares o responsabl­es de perros deberán hacer antes de su adquisició­n un curso de formación acreditado, cuyo contenido se determinar­á reglamenta­riamente. El objetivo, dice el borrador, es facilitar «una correcta tenencia responsabl­e del animal», que muchas veces está condiciona­da por «la ausencia de conocimien­tos por parte de la persona propietari­a».

En cualquier caso, quedará prohibido mantener de forma permanente a cualquier animal en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos y, en caso de pérdida del animal, deberá comunicars­e en el plazo máximo de 48 horas, ya que no hacerlo será considerad­o abandono, multado con hasta 100.000 euros.

El texto modifica el régimen jurídico sobre animales potencialm­ente peligrosos, y ya no se podrá aplicar esta considerac­ión a los perros de razas como los Pit Bull o los Rottweiler. Sin embargo, sí contempla la realizació­n de estudios de sociabilid­ad que podrían derivar en una calificaci­ón del can como «de manejo especial», que conllevarí­a obligacion­es sobre los lugares y espacios en los que se desenvuelv­en para evitar fugas.

Solo habrá peces en las tiendas de animales. La ley prohibirá la exposición y venta de animales de compañía en estos espacios, ya que cuando se apruebe la ley solo podrán ser adquiridos a criadores profesiona­les o de protectora­s, en un intento de evitar la «compra compulsiva». No obstante, seguirá siendo posible la cesión entre particular­es, siempre gratuita, aunque con un contrato. Los criadores, a su vez, no podrán trabajar con animales que no sean autóctonos.

Se protegerán las colonias felinas, ya que el anteproyec­to recoge que se fomentará «la colaboraci­ón ciudadana para el cuidado de los gatos comunitari­os». Se prohíbe el sacrificio de los gatos comunitari­os, salvo por motivos eutanásico­s y debidament­e cer

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