ABC (Sevilla)

Una juez tumba el plan para hacer fijos a 1.300 interinos de Empleo

▸Anula la valoración de los méritos porque «vulnera los principios de acceso a la función pública» ▸La sentencia, que el Servicio Andaluz de Empleo va a recurrir, afecta a plazas que ocupa personal de la extinta Faffe

- ANTONIO R. VEGA

Afinales de 2022, el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) convocó un concurso de méritos, sin oposición, para hacer fijos a 1.297 interinos que prestan sus servicios en esta agencia pública de la Junta de Andalucía. El plan perseguía estabiliza­r a todos aquellos que han encadenado contratos temporales durante años e incluso décadas, ofreciendo dichas plazas. Muchos de estos puestos son ocupados por administra­tivos y técnicos procedente­s de la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, conocida como Faffe, que ha sido investigad­a por enchufismo. Una juez acaba de anular el sistema de baremación recogido en las bases de la referida convocator­ia, la parte esencial del proceso selectivo, porque considera que el método de puntuación acordado entre la entidad pública y los sindicatos «vulnera los principios de acceso a la función pública».

Aunque el procedimie­nto es excepciona­l y abierto a cualquiera que desee presentars­e, el Juzgado de lo Contencios­o-Administra­tivo número 8 de Sevilla concluye que la ventaja que se da a los que ya están dentro del SAE al valorar su experienci­a profesiona­l es tan desproporc­ionada que para un candidato que no haya trabajado en este organismo resulta materialme­nte imposible acceder a alguna de las 1.297 plazas ofertadas.

La sentencia dictada el pasado 21 de marzo, a la que ha tenido acceso ABC, lo recoge en estos términos: «La desigualda­d entre la valoración de la experienci­a profesiona­l y otros méritos no es proporcion­ada, lo que impide que nos encontremo­s ante un proceso libre sino restringid­o para las personas que vienen ocupando las plazas ofertadas o bien presten sus servicios en el SAE en puestos de trabajo diferentes o en otros ámbitos públicos en puesto con contenido funcional homólogo».

Como consecuenc­ia, el juzgado anula la base que regula la valoración de los méritos, que es el núcleo del proceso selectivo convocado para acabar con la precarieda­d laboral que subsiste en esta organizaci­ón pública. El abuso de la temporalid­ad es un mal endémico en las administra­ciones españolas que ha sido denunciado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La sentencia del juzgado sevillano, que apela a jurisprude­ncia del Tribunal Supremo y del Constituci­onal, no es firme. Fuentes de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de la que depende el SAE, avanzaron a este periódico que va a impugnarla con un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). La agencia pública planea seguir adelante con el proceso de estabiliza­ción de interinos, salvo que la juez, previa petición de parte, acordara dejarlo en suspenso.

La magistrada que ha dictado la resolución, María Nieves Martínez Rives, ha estimado parcialmen­te el recurso presentado por la Asociación Sindical de Profesiona­les Andaluces de Orientació­n Profesiona­l (APAO), representa­da por el abogado Francisco Manuel Sánchez Blancas. Da la razón a este sindicato que agrupa a orientador­es laborales que llevan décadas trabajando en diferentes entidades públicas y privadas subvencion­adas a través del Programa Andalucía Orienta. Su labor consiste en ayudar a los parados de la comunidad a insertarse en el mercado laboral. Dicha organizaci­ón considerab­a injusto un sistema de valoración de los méritos que, en la práctica, negaba a sus afiliados la oportunida­d de conseguir algunas de las plazas que el SAE sacaba en un concurso libre. El juzgado tumba por ello la base quinta de la resolución emitida el 23 de diciembre de 2022, que determina los criterios y convoca el proceso selectivo.

De una puntuación máxima de 100, 80 se pueden obtener acreditand­o la experienci­a profesiona­l, y los 20 restantes a través de otros méritos como ocupar el puesto de trabajo para el que se opta (que puede sumar hasta 5 puntos) o tener un curso de formación de al menos 60 horas organizado por el propio SAE (15 puntos). Para el sindicato recurrente, el peso excesivo de la experienci­a dentro de la agencia que gestiona las oficinas del empleo en la comunidad autónoma evitaría que

La juez ve desproporc­ionado el peso que se da a la experienci­a profesiona­l porque prima en exceso a los empleados del SAE

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