Una juez tumba el plan para hacer fijos a 1.300 interinos de Empleo
▸Anula la valoración de los méritos porque «vulnera los principios de acceso a la función pública» ▸La sentencia, que el Servicio Andaluz de Empleo va a recurrir, afecta a plazas que ocupa personal de la extinta Faffe
Afinales de 2022, el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) convocó un concurso de méritos, sin oposición, para hacer fijos a 1.297 interinos que prestan sus servicios en esta agencia pública de la Junta de Andalucía. El plan perseguía estabilizar a todos aquellos que han encadenado contratos temporales durante años e incluso décadas, ofreciendo dichas plazas. Muchos de estos puestos son ocupados por administrativos y técnicos procedentes de la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, conocida como Faffe, que ha sido investigada por enchufismo. Una juez acaba de anular el sistema de baremación recogido en las bases de la referida convocatoria, la parte esencial del proceso selectivo, porque considera que el método de puntuación acordado entre la entidad pública y los sindicatos «vulnera los principios de acceso a la función pública».
Aunque el procedimiento es excepcional y abierto a cualquiera que desee presentarse, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Sevilla concluye que la ventaja que se da a los que ya están dentro del SAE al valorar su experiencia profesional es tan desproporcionada que para un candidato que no haya trabajado en este organismo resulta materialmente imposible acceder a alguna de las 1.297 plazas ofertadas.
La sentencia dictada el pasado 21 de marzo, a la que ha tenido acceso ABC, lo recoge en estos términos: «La desigualdad entre la valoración de la experiencia profesional y otros méritos no es proporcionada, lo que impide que nos encontremos ante un proceso libre sino restringido para las personas que vienen ocupando las plazas ofertadas o bien presten sus servicios en el SAE en puestos de trabajo diferentes o en otros ámbitos públicos en puesto con contenido funcional homólogo».
Como consecuencia, el juzgado anula la base que regula la valoración de los méritos, que es el núcleo del proceso selectivo convocado para acabar con la precariedad laboral que subsiste en esta organización pública. El abuso de la temporalidad es un mal endémico en las administraciones españolas que ha sido denunciado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La sentencia del juzgado sevillano, que apela a jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional, no es firme. Fuentes de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de la que depende el SAE, avanzaron a este periódico que va a impugnarla con un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). La agencia pública planea seguir adelante con el proceso de estabilización de interinos, salvo que la juez, previa petición de parte, acordara dejarlo en suspenso.
La magistrada que ha dictado la resolución, María Nieves Martínez Rives, ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Asociación Sindical de Profesionales Andaluces de Orientación Profesional (APAO), representada por el abogado Francisco Manuel Sánchez Blancas. Da la razón a este sindicato que agrupa a orientadores laborales que llevan décadas trabajando en diferentes entidades públicas y privadas subvencionadas a través del Programa Andalucía Orienta. Su labor consiste en ayudar a los parados de la comunidad a insertarse en el mercado laboral. Dicha organización consideraba injusto un sistema de valoración de los méritos que, en la práctica, negaba a sus afiliados la oportunidad de conseguir algunas de las plazas que el SAE sacaba en un concurso libre. El juzgado tumba por ello la base quinta de la resolución emitida el 23 de diciembre de 2022, que determina los criterios y convoca el proceso selectivo.
De una puntuación máxima de 100, 80 se pueden obtener acreditando la experiencia profesional, y los 20 restantes a través de otros méritos como ocupar el puesto de trabajo para el que se opta (que puede sumar hasta 5 puntos) o tener un curso de formación de al menos 60 horas organizado por el propio SAE (15 puntos). Para el sindicato recurrente, el peso excesivo de la experiencia dentro de la agencia que gestiona las oficinas del empleo en la comunidad autónoma evitaría que
La juez ve desproporcionado el peso que se da a la experiencia profesional porque prima en exceso a los empleados del SAE