Los investigados por las dos muertes de Barbate podrían ser juzgados por piratería
▸ Este delito ya se ha aplicado en la Audiencia Nacional contra otros acusados por narcotráfico
Los detenidos y acusados, y hasta el momento, únicos sospechosos, del asesinato de dos guardias civiles y del ataque a seis agentes en el puerto de Barbate arrollándolos con una narcolancha, se pueden enfrentar a un delito más de los que de momento se les acusa: podrían ser procesados también por un delito de piratería si así lo considerara la Fiscalía durante este procedimiento que está aún en fase instrucción.
Según fuentes jurídicas consultadas, este delito ya se ha aplicado en la Audiencia Nacional contra otros acusados por narcotráfico, que en marzo de 2023 iban en un velero cargado de cocaína y en cuyo abordaje falleció un funcionario de Vigilancia Aduanera.
La norma que se les aplicaría es la que dicta concretamente el artículo 616 ter del Código Penal que se aprobó en el año 2010 que modifica una ley de piratería en el mar anterior de 1995 y que establece que «el que con violencia, intimidación o engaño, se apodere, dañe o destruya una aeronave, buque u otro tipo de embarcación o plataforma en el mar, o bien atente contra las personas, cargamento o bienes que se hallaren a bordo de las mismas, será castigado como reo del delito de piratería con la pena de prisión de diez a quince años».
La modificación de esta ley y también que ya no se delimite si el hecho
se ha cometido en aguas internacionales o territoriales se ajusta más al caso concreto de Barbate, unos hechos que se cometieron en aguas del puerto de
la localidad contra una embarcación oficial y señalizada de la Guardia Civil.
Hay que tener en cuenta que esta causa tendría que pasar por el procedimiento de la ley de jurado si finalmente el juzgado estima que existen indicios de asesinato y a quien o a quienes se les imputa.
Podría ser entonces, en ese momento de calificación provisional de las acusaciones, cuando se solicite al tribunal una condena también por piratería.
La norma que se les aplicaría es la que dicta concretamente el artículo 616 ter del Código Penal, aprobada en 2010