La Justicia ordena traer a España a un sudanés testigo de la masacre de Melilla
▸ La Audiencia Nacional impuso el traslado en febrero y el Gobierno aún no lo ha ejecutado
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha ordenado al Gobierno que traslade a España a Basir, un ciudadano sudanés que sobrevivió a la masacre de Melilla en 2022 y acabó pidiendo asilo en nuestro país a través de la Embajada en Rabat, sin que desde entonces recibiese respuesta ninguna. En una resolución a la que tuvo acceso ABC, los magistrados imponen su traslado a territorio español como medida cautelar, considerando la situación objetiva de riesgo en que se encuentra desde que tuvo que huir de su país por su condición de cristiano. Pese a ello y a que el auto está fechado el 29 de febrero, el Gobierno aún no ha acatado la resolución y expedido el necesario salvoconducto para su viaje. Sigue viviendo en las calles de Marruecos.
La historia de Basir, el nombre ficticio que le asignaron sus abogados como medida de protección, arranca mucho antes de aquel 24 de junio en el que la presión policial a ambos lados de la frontera sobre un grupo de unas 2.000 personas que intentaban entrar en Melilla desde Nador convirtió el puesto fronterizo en una ratonera. Según las cifras que proporcionaron las ONG, fallecieron 37. Para él fue un punto de inflexión. Dio testimonio del padecimiento esa mañana en varios medios. Acabó después en Rabat, malviviendo en la calle.
Un despacho de abogados especializado en derechos fundamentales –Demos Estudio Legal– dio con él y escuchó su historia. Solicitaron entonces asilo a España a través de la Embajada en Marruecos, una vía bastante excepcional que fue cercenada ‘ad hoc’ en 2009 para quitar presión a las sedes diplomáticas y que deja en manos de la legación la expedición de un visado humanitario para que el afectado se traslade a territorio nacional y formalice la petición, ya que sólo en suelo español puede hacerse.
Tras varias idas y venidas, Basir fue convocado a una entrevista exhaustiva durante la que contó su situación a funcionarios de la embajada. Era 2022 y no volvió a saber nada. Acudió entonces en recurso contencioso a la Audiencia Nacional ante el silencio administrativo y ahora, tras una pri
mera negativa, le han dado la razón: el Gobierno debe trasladarle a España cautelarmente para que cumplimente su solicitud de asilo y luego se verá. Todo, por una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de febrero que fijaba criterio en un caso parecido: una familia afgana que, teniendo ya el salvoconducto, seguía atrapada en Pakistán porque el embajador no expedía el visado humanitario ni propiciaba el traslado. Establecía que para acordar la medida cautelar había que considerar el riesgo para la persona no en el país en el que se encuentra, sino del que huye. Y esa es la llave para
que la Audiencia Nacional, que descartó la cautelar en un primer momento al no ver urgencia estando Basir en lo que la jurisprudencia considera «tercer país seguro», en este caso Marruecos, ahora rectifique y subraye que el relato de persecución de Basir «no es inverosímil».
«Si valoramos la situación personal del recurrente teniendo en cuenta tanto su relato como la situación en el país de origen, creemos que debemos concederle la medida cautelar positiva instada, pues al margen de que no puede descartarse que haya sufrido persecución por causa religiosas, la posición de Acnur sobre la situación del país de origen es clara», dice la resolución, que deja en manos de la Administración elegir el modo de materializar el traslado, dando cuenta a la Sala de lo que haya realizado a tal efecto. Según fuentes jurídicas, tres semanas después, nada ha comunicado.
La Sala deja en manos de la Administración elegir la vía para el traslado, pero tres semanas después aún no ha dado ningún paso