Junta y Estado pactan cambios en la Ley andaluza de Función Pública
▸ Andalucía aprueba las modificaciones legales para evitar un recurso ante el Constitucional
La Junta de Andalucía ha aprobado la revisión de la Ley de Función Pública publicada en junio de 2023 con el objetivo de que se ajuste a los acuerdos alcanzados con el Estado para evitar un recurso de inconstitucionalidad. La tramitación de este pacto, que se alcanzó en febrero de 2024, se realizará en paralelo con el desarrollo de otro acuerdo similar firmado en este caso en diciembre de 2022 con el Gobierno de España para modificar el DecretoLey de medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras. Ambas medidas fueron aprobadas ayer en el Consejo de Gobierno y se tramitarán como proyectos-ley.
En total, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en ejecución del acuerdo con el Estado en la comisión bilateral, ha acordado la revisión de nueve artículos de la Ley andaluza de Función Pública que se interpretaban como una invasión de competencias por parte del Estado o que chocaban con el marco legislativo vigente. Concretamente, se modifican los artículos 79 relativo al régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos del personal funcionario; y 151 y 152 relativos a las excedencias por cuidado de familiares y por razón de violencia de género. En todos estos casos, el objetivo es ajustarlos al marco legislativo estatal vigente.
La Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa establece además una nueva regulación del artículo 14.1 de forma que se fija una autorización previa de la Consejería para el nombramiento de personal interino; y en el artículo 58.1 se establece un nuevo desarrollo de la promoción interna vertical del personal funcionario de carrera. Junto a esto, se modifica la disposición adicional 28 sobre medidas para el control de la temporalidad en el empleo público para fijar mecanismos ágiles y eficaces para la provisión y cobertura de puestos y la disposición adicional 29 que regula el procedimiento y documentación para la creación de unidades administrativas de apoyo a la gestión coordinada o masiva de la Administración de la Junta.
En cuanto al decreto ley de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras, la Junta de Andalucía, previo acuerdo con el Estado en diciembre de 2022 para evitar un recurso de inconstitucionalidad que paralice la normativa ha acordado modificar tres artículos para adecuarlos a la normativa estatal. Concretamente, se revisa el apartado 1 del artículo 4 para contemplar de forma expresa que el régimen previsto sólo será aplicable a contratos de servicios necesarios para la ejecución de obras públicas. Del artículo 5 se elimina la posibilidad de su aplicación a contratos de servicios para ejecución de obra pública. Y, por último, el artículo 9 se revisa para que la modificación de los materiales se pueda hacer dentro de los límites fijados en la ley estatal.
Estos dos acuerdos se enmarcan dentro del proceso permanente de trabajo entre el Gobierno de España y la Junta de Andalucía en la comisión bilateral con el objetivo de evitar que las diferencias de competencias y legislativas desemboquen en recursos ante el TC que en el caso del Gobierno de España pueden derivar en la paralización cautelar de la normativa autonómica. El último caso que ha entrado en este proceso es el decreto de simplificación aunque el acuerdo está cerca de alcanzarse en la mesa.
El Gobierno andaluz revisa también el decreto ley de revisión de precios según lo pactado con el Estado en diciembre de 2022