Se multiplican en la provincia los casos de expolio arqueológico
▸La acción judicial frente a estos delitos contra el patrimonio se dirige a los que realizan las excavaciones ilegales y los que después ponen a la venta las piezas
Los casos de expolio contra el patrimonio histórico y en concreto los perpetrados sobre yacimientos arqueológicos de la provincia siguen al alza. Si entre 2021 y 2022 habían aumentado un cincuenta por ciento las denuncias por estos delitos, la cifra sigue en crecimiento respecto al año anterior tras el cierre de 2023, con nueve procedimientos judiciales incoados, cinco sentencias dictadas y diligencias de investigación abiertas en ocho casos más, según datos de la Fiscalía de Medio Ambiente de Sevilla. El ritmo de los procedimientos judiciales incoados y las diligencias de investigación abiertas en este 2024 siguen a un ritmo similar al del pasado ejercicio.
Andalucía, junto con Castilla León, son las comunidades en las que se registran más expolios arqueológicos, según señalaba a ABC meses atrás el responsable de la sección de Patrimonio Histórico de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, el teniente Juan José Águila, ya que son regiones de una gran extensión y están llenas de asentamientos que se remontan a miles de años. Sevilla no es una excepción, donde hay localizados asentamientos que llegan hasta la prehistoria y donde, sin ir más lejos, la Policía Nacional recuperó el pasado abril 191 piezas arqueológicas a la venta en redes sociales procedentes de expolios, entre ellas, un candil medieval islámico de bronce de época califal, datado entre mediados del siglo IX y mediados del siglo XIII.
«Sevilla está plagada de yacimientos arqueológicos de diferentes épocas», señala la fiscal delegada de Medio Ambiente de la Fiscalía Provincial de Sevilla, Yolanda Ortiz Mallol, quien explica que no es que se hayan disparado en los últimos años los delitos sino que existen unidades especializadas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que han intensificado el cerco. Estos delitos están actualmente «mucho más perseguidos porque hay unidades especializadas y se investigan mucho en las webs que se dedican a la venta de estas piezas».
Estas unidades son el Servicio de Protección del Medio Ambiente de la Guardia Civil (Seprona) y la unidad especializada en delitos contra el patrimonio de la Policía Nacional adscrita a la Junta de Andalucía. Estos agentes persiguen unos delitos, enjuiciados por el Código Penal, que suponen la apropiación indebida de bienes, mediante el expolio de yacimientos arqueológicos, realizados por los denominados ‘piteros’ y, posteriormente, su receptación y venta ilegal de unas piezas que son patrimonio del Estado, es decir, un bien público que debe conservarse en España y no acabar en una colección privada nacional o internacional.
Por tanto los delitos se producen en dos fases. En la primera, explica esta fiscal «van estos individuos por la noche con los detectores de metales, que está prohibido su uso fuera de una zona y un momento determinado autorizado por la Consejería de Cultura. Operan en las zonas que saben que están catalogadas o donde tienen conocimiento de que puede haber restos y se ponen a cavar. Si encuentran piezas, se las apropian y las hurtan».
El daño no sólo estriba en lo robado, sino como hace hincapié Ortiz Mallol «pueden destruir otros restos arqueológicos y la posibilidad de estudiar el terreno», que puede ofrecer datos históricos sobre el yacimiento. Esto lo pone de manifiesto una sentencia dictada en Morón de la Frontera hace un par de años por un expolio en un yacimiento del que extrajeron monedas antiguas, entre otras piezas, que «no presentan un valor económico en sí mismo significativo. Sin embargo, los daños causados en el yacimiento arqueológico de origen por el uso de los aparatos detectores de metales lo menoscaban seriamente, pues al extraerse sin metodología arqueológica alguna, las prospección daña de modo irreparable el
Ahora se detectan más delitos porque están perseguidos por unidades especializadas, señala la fiscal de Medio Ambiente
contexto físico donde se encuentran las piezas y, en consecuencia, altera la información que ofrece el yacimiento como bien cultural, daño que resulta incalculable».
Los ‘piteros’ venden estas piezas en el ‘mercado negro’ a intermediarios que «colocan» las piezas a compradores interesados o tratan de venderlas a través de internet o redes sociales. Esto en la mayoría de los casos, porque la fiscal delegada de Medio Ambiente recuerda un caso reciente en el que un vecino de Osuna condenado por expoliar «una rota aquaria, una especie de noria pequeña, datada en el siglo I, que fue desmantelando para construir con esos ladrillos su vivienda particular».
Estos delitos, tanto el expolio como la receptación de piezas arqueológicas, están tipificadas como delitos en el Código Penal, en concreto en el artículo 323, que también castiga los daños tanto en las piezas como en el yacimiento. El artículo establece pena de prisión de seis meses a tres años, pero da la alternativa de multa de doce a veinticuatro meses. Solo en casos de «especial gravedad» se podrá imponer una pena superior, que puede llegar a los cuatro años y medio de cárcel, pero que sigue contemplando la alternativa de multa.
«Cuando das una alternativa, una multa se podría comprender en delitos muy menores, pero no cuando se causa un daño clarísimo», explica la fiscal delegada de Medio Ambiente, que considera que «las multas no son preventivas de estos delitos, las penas de prisión son las preventivas».
Además, las multas, en el caso de los ‘piteros’, son difíciles de cobrar, ya que suelen ser insolventes y se dedican a ello para obtener ingresos con la venta de las piezas, lo que contrasta con la alta responsabilidad civil que conlleva dañar o robar una pieza arqueológica. Pero hay más dificultades en la lucha contra los expolio: son delitos que prescriben a los cinco años, por ese motivo o se localizan en el momento del expolio o su recuperación se complica. También esto es difícil en el caso de la receptación.
Para la recuperación de estos bienes, la fiscal delegada de Medio Ambiente destaca la aprobación en 2007 de la Ley de Patrimonio de Andalucía, que presenta una disposición transitoria cuarta que obliga desde su entrada en vigor en que aquellas personas que posean piezas de patrimonio arqueológico deben comunicar su existencia a la Consejería de Cultura, con su correspondiente título de adquisición válido en derecho.
Todas aquellas piezas que no fuesen comunicadas en ese plazo tendrán un carácter «demanial» —de titularidad pública y sujeto a protección—, por lo que aunque el delito haya prescrito pasa a ser bien público. A pesar de todo, Ortiz Mallol reconoce que lo delitos contra el patrimonio «salen barato».