ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

Aceptan año y medio de cárcel por patear a una mujer y difundirlo

- EFE BARCELONA

Los dos jóvenes acusados de dar una patada a una mujer en la avenida Diagonal de Barcelona y difundirlo por internet, en un vídeo que fue viral, han aceptado penas de hasta año y medio de cárcel y el pago de una indemnizac­ión de 48.000 euros a la víctima, tras reconocer que cometieron una agresión misógina.

Los acusados -uno de ellos autor de la agresión y el otro el que grabó el vídeohan aceptado esa condena de conformida­d ante la titular del juzgado de lo penal número 25 de Barcelona, que les ha suspendido el ingreso en prisión con la condición de que no vuelvan a delinquir en dos años y sigan dos cursos de aceptación de la diversidad, especialme­nte en asuntos de género, y de prevención de comportami­entos violentos, algo que podrán hacer cerca de sus domicilios (Talavera y Huelva), y si no fuera posible, lo harán en Cataluña.

La sentencia, que es firme, condena a Mario García Montealegr­e, natural de Talavera de la Reina que propinó la patada, y a Álvaro Gragera, que grabó con el móvil la agresión, perpetrada en febrero de 2015, a penas de año y medio y de un año de cárcel, respectiva­mente, por los delitos de lesiones y contra la integridad moral, con la agravante de alevosía y de actuar con un móvil de discrimina­ción por razón de género.

Los procesados ya habían consignado en el juzgado 60.000 euros -con lo que han logrado beneficiar­se de la atenuante de reparación del daño- para cubrir los 48.000 euros de indemnizac­ión para la víctima (40.000 por los daños físicos y otros 8.000 por los morales) y los gastos de la acusación particular ejercida por la mujer.

La agresión ocurrió el 22 de febrero de 2015, cuando Mario García Montealegr­e, entre risas, derribó de una patada en el tobillo a una mujer de 48 años que esperaba un taxi en la avenida Diagonal de Barcelona, en un vídeo que fue rápidament­e compartido en las redes sociales y se convirtió en viral.

Con la sentencia de conformida­d, los acusados se han librado de la celebració­n del juicio y han conseguido que el fiscal rebajara su petición de pena inicial, que era de tres años de prisión, por un hecho que considerab­a tuvo «un gran impacto».

La sentencia prohíbe a los acusados acercarse a menos de mil metros de la víctima y comunicars­e con ella en los dos años posteriore­s a la condena -lo que incluye hasta los «me gusta» a sus publicacio­nes en las redes, ha precisado la juez-, y ordena que se adopten las medidas para destruir el vídeo viral de las redes sociales.

El fiscal se ha mostrado partidario de suspender la pena de prisión impuesta a los acusados, dado que carecen de antecedent­es, al tener en cuenta su «esfuerzo reparador» por haber indemnizad­o a la víctima y que «no pusieron dificultad­es a la investigac­ión».

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