ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)
El CGPJ cuestiona cómo define el consentimiento «la ley del sí es sí»
Los jueces, que decidirán el día 25, ven lagunas en el texto de Igualdad
Irene Montero, ministra de Igualdad, salió ayer a enmendar la plana al Poder Judicial que, en un comunicado, anunciaba por la mañana que el próximo día 25 de febrero el Pleno del Consejo (CGPJ) estudiará la propuesta de informe al anteproyecto de ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual, la llamada «ley del solo sí es sí». Esta norma prioriza el consentimiento previo antes de un acercamiento sexual entre dos personas. El anteproyecto de ley cumple ahora un año desde que se publicitara en el Consejo de Ministros en vísperas de la celebración del Día de la Mujer, el 8-M, y para Montero «recoge el grito de supervivencia de muchas mujeres», por lo que, corrigió ayer la ministra, el consentimiento debe estar en el centro de esa norma.
Sin embargo, el CGPJ cuestiona la definición del consentimiento que hace la ley de libertad sexual. De hecho, en un borrador del informe elaborado por los magistrados encargados deja constancia de que hay un riesgo evidente en el anteproyecto de Igualdad y es el de que no conseguirá evitar la «victimización secundaria».
El texto de la ponencia –que no es vinculante, pero sí preceptivo para la tramitación parlamentaria de la norma– ha sido elaborado por los vocales Roser Bach, Juan Manuel Fernández y Pilar Sepúlveda, y fue distribuido ayer al resto de los miembros del órgano para que hagan sus observaciones antes del debate del día 25. Esa ponencia cuestiona dos apartados mollares del anteproyecto: la definición del consentimiento y la desaparición del delito de abuso sexual. Los togados consideran que no hacía falta introducir una definición legal del consentimiento, como prevé el Gobierno, y que hacerlo puede invertir la carga de la prueba (que sea el acusado el que tenga que probar que no hubo consentimiento, en vez de que sea la acusación la que demuestre que existió el delito). Además, cree que hará girar los interrogatorios hacia el modo en que la víctima suele prestar consentimiento sexual para determinar el alcance de las circunstancias concurrentes. Recuerda, además, que el Código Penal ya castiga los actos sexuales sin consentimiento, aunque no incluye una definición como tal.
Victimización secundaria
Respecto a la absorción del delito de abusos sexuales en el de agresión sexual, el borrador del Consejo advierte que podría desproteger a la víctima al igualar la gravedad de conductas menos «lesivas» con otras que lo son mucho más.
El texto de Igualdad ya había sido avalado por el Consejo Fiscal el pasado diciembre. Según el Ministerio, los jueces «solo plantean modificaciones, pero no cuestionan elementos centrales» de su redacción.