ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)
Dan la razón al IES de Guadalajara que prohibió a una alumna el velo islámico
► La Justicia ha desestimado el recurso del padre de la joven F.Y.M.
El juzgado contencioso-administrativo de Guadalajara ha desestimado el recurso interpuesto por el padre de la joven F.Y.M., contra la decisión del instituto Liceo Caracense en el que estudiaba la alumna, que, al incumplir las normas de convivencia y orientación de este centro, aprobadas por el Consejo Escolar, al negarse a quitarse el velo islámico en clase, se le asignó otro centro de la localidad en el que sí podía llevar el pañuelo.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la actuación administrativa del colegio fue «conforme a derecho». El progenitor de la menor impugnó la resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del 19 de abril de 2022, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución del delegado provincial de Guadalajara del 7 de enero de ese mismo año, que, aceptando la propuesta del director del IES de Guadalajara, dispuso el cambio de centro de la menor F.Y.M. para cursar 1º de la ESO en otro instituto.
Según recoge la sentencia, estas normas del convivencia del liceo donde cursaba estudios la joven recogían que «durante el desarrollo de la actividad docente la cabeza no podrá permanecer tapada», algo que incumplió en reiteradas ocasiones, normas que estaban establecidas antes de la llegada de dicha alumna y que para su aplicación, contaban con la participación de la comunidad educativa.
En la resolución judicial se recoge también que los resultados académicos obtenidos por la alumna al ser cambiada de centro por decisión de la autoridad educativa, se movieron entre el notable y el sobresaliente, «de ahí que, difícilmente, puede asumirse haber experimentado la menor algún daño en el cambio» de instituto, sino una «mejoría» sobre la situación preexistente.