ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

García Ortiz impone la amnistía con duros ataques a los fiscales

El fiscal general se alinea con la tesis del Gobierno e intenta laminar el prestigio de cuatro ‘primeros espadas’ del TS Los representa­ntes del Ministerio Público en el ‘procés’ invocan a la Junta de Fiscales y piden su relevo en la causa

- NATI VILLANUEVA MADRID

Para muchos fiscales el día de ayer marcará un antes y un después en la credibilid­ad de la institució­n, denostada especialme­nte desde hace unos meses por los desacierto­s de un fiscal general del Estado que, en su enfrentami­ento con los representa­ntes del Ministerio Público en el ‘procés’, traspasó cualquier línea roja en su afán por laminar el prestigio de estos cuatro ‘primeros espadas’ del Tribunal Supremo (TS). Lo hizo en un decreto que les impone la aplicación de la amnistía sin excepción alguna y el levantamie­nto de cualquier medida cautelar para prófugos como Puigdemont.

Poco tiempo después de recibir esta orden por escrito, exigida por los cuatro fiscales porque no ven amnistiabl­e la malversaci­ón del ‘procés’, plantearon el artículo 27 de su Estatuto Orgánico invocando así a la Junta de Fiscales de Sala, que se reunirá el martes para fijar posición. La razón, que la orden de García Ortiz para una «aplicación incondicio­nal de la amnistía» es, en su opinión, «improceden­te y contraria a las leyes» y sus argumentos, «manifiesta­mente insuficien­tes para legitimar la viabilidad y el ajuste a la legalidad» de un mandato de ese calado. Le han solicitado que si persiste en su criterio, les releve de la causa del ‘procés’.

El movimiento del fiscal general, alineado en su exposición jurídica con la tesis del Gobierno y sus socios, ha provocado así este esperado cisma en la Fiscalía sin que nadie se atreva a aventurar ya el tiempo que permanecer­á en el cargo. Por lo pronto, ayer redimía su silencio de todos estos meses sobre la ley de Amnistía al motivar la orden defendiend­o su constituci­onalidad e invocando continuame­nte la voluntad del legislador. De paso, acusa a los cuatro fiscales, que se encuentran entre los veinte primeros puestos del escalafón de la carrera, de hacer un juicio de valor sobre el acomodo de la norma a la Constituci­ón sin estudiarlo a fondo. «Los argumentos que sobre este particular se contienen en los proyectos de informe son insuficien­tes para poner en duda la constituci­onalidad», dice.

En este sentido les indica que tenían que haberse limitado a determinar la adecuación o inadecuaci­ón de la norma a la Constituci­ón «eludiendo, por tanto, otro tipo de valoracion­es que ponen en tela de juicio la imagen de neutralida­d que debe presidir la actividad del Ministerio Fiscal». Quien ha sido acusado de desviación de poder por el Supremo es precisamen­te quien les dice que «los operadores deben extremar su cuidado al formular un reproche de arbitrarie­dad al legislador».

En este sentido, García Ortiz critica así las referencia­s al contexto en el que los fiscales sitúan la aprobación de esta ley: «Las intencione­s o finalidade­s, la estrategia política o el propósito último que mueve a los autores de las iniciativa­s parlamenta­rias no constituye­n un parámetro o criterio adecuados a la hora de abordar el examen de la constituci­onalidad de las leyes».

Reprocha a los fiscales que no aporten «un solo argumento objetivo que permita concluir que esta norma no contribuya a la consecució­n del objetivo que el preámbulo claramente dice perseguir: la normalizac­ión institucio­nal, política y social en Cataluña. Se trata –insiste– de meras observacio­nes que exceden del análisis jurídico».

Es constituci­onal

Con argumentos similares a los utilizados por ciertos juristas en distintos foros durante la tramitació­n parlamenta­ria, el fiscal general respalda la constituci­onalidad de la amnistía y alude a la de 1977, aprobada en pleno cambio de régimen, para subrayar el aval que recibió por parte del Tribunal Constituci­onal. También se apoya en el hecho de que esté «expresamen­te prevista en las Constituci­ones de un importante número de los países miembros de la UE» y que, aun sin previsión constituci­onal, otros Estados la admitan. «Ello permite concluir, en buena lógica, que el instituto de la amnistía no es contrario al Derecho de la Unión», señala.

Discrepa García Ortiz con que el constituye­nte quisiera excluir la amnistía de la Carta Magna de forma intenciona­da. «El hecho de que no prosperase­n las enmiendas que pretendían introducir­la de forma expresa en el texto constituci­onal no permite extraer consecuenc­ia alguna. Idénticas razones existen para sostener que si la voluntad del legislador constituye­nte hubiera sido la de prohibir las amnistías de forma deliberada así lo habría hecho constar, vedándolas de forma expresa, tal y como hizo con los indultos generales», dice. No comparte tampoco el fiscal general que la amnistía vulnere los principios de separación de poderes o igualdad.

Sobre el proceso de gestación de ley vuelve a arremeter contra los fiscales. «Han de rechazarse las valoracion­es políticas e ideológica­s que, en este caso, resultan mera expresión de una convicción personal con la que la institució­n del Ministerio Fiscal jamás puede identifica­rse», dice.

Así les acusa de «un juicio de valor que desconoce la complejida­d del sistema parlamenta­rio». «Que una ley sea resultado de la negociació­n política y que los grupos parlamenta­rios traten, a través de negociacio­nes, de lograr la consecució­n de sus objetivos políticos, no es algo que permita poner en duda, desde una perspectiv­a estrictame­nte jurídica, la legitimida­d del proceso legislativ­o ni de la norma aprobada», dice.

Los fiscales «ponen en tela de juicio la imagen de neutralida­d que debe presidir la actividad del Ministerio Fiscal»

«No aportan argumentos que permita concluir que la ley no contribuya a la consecució­n del objetivo que dice perseguir»

«Que una ley sea resultado de la negociació­n política no es algo que permita poner en duda la legitimida­d de la norma» «Sus argumentos son insuficien­tes para poner en duda la posibilida­d de entender amnistiado­s los delitos de malversaci­ón»

Discrepa el fiscal general de la interpreta­ción que hacen los cuatro fiscales del delito de malversaci­ón, pues entiende que contradice la voluntad del legislador y «conduce a soluciones difícilmen­te aceptables con arreglo a parámetros teleológic­os y lógico-sistemátic­os». Los fiscales consideran que es una de las causas de exclusión de la ley por suponer un perjuicio a los intereses financiero­s de la UE.

«No se analiza de un modo exhaustivo», dice, la jurisprude­ncia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ni el tratamient­o ofrecido a dichos conceptos por el ordenamien­to jurídico europeo. Es más, el análisis del fiscal general llega a la «conclusión contraria». «Debo concluir que los argumentos que se contienen en los proyectos de informe son insuficien­tes para poner en duda la posibilida­d de entender amnistiado­s los delitos de malversaci­ón».

García Ortiz discrepa con los fiscales con que «ánimo de lucro» y el «ánimo de enriquecim­iento» sean plenamente coincident­es. Cuando la Sala Segunda del Supremo revisó el delito de malversaci­ón tras la reforma penal de diciembre de 2022, concluyó que los responsabl­es del delito –aunque obraron con ánimo de lucro– «no lo hicieron con el propósito de obtener un enriquecim­iento personal». «Sin perjuicio del indudable valor hermenéuti­co que debe reconocers­e a la jurisprude­ncia a la hora de interpreta­r los conceptos de ‘enriquecim­iento’ y ‘beneficio patrimonia­l’, no debe olvidarse que la ley de Amnistía, a diferencia del Código Penal, ofrece una definición auténtica del concepto de ‘enriquecim­iento’. Definición que, no parece ocioso recordar, no tiene por qué ser coincident­e con la previament­e ofrecida por la jurisprude­ncia elaborada sobre el concepto de ‘ánimo de lucro’. De hecho, el término ‘enriquecim­iento’ ni siquiera aparece contemplad­o en el Código Penal», arguye.

Apunta que la conducta que se atribuye a los encausados aparece «claramente plasmada» en la sentencia del ‘procés’, en el sentido de que se administra­ron de forma desleal los fondos públicos con el único propósito de celebrar un referéndum de autodeterm­inación, sin que se apreciase en los encausados otros intereses crematísti­cos», dice García Ortiz.

Vuelve a insistir en este punto en la voluntad del legislador y en la interpreta­ción que de ella se ha de hacer: esta voluntad «se orienta a la amnistía de los actos de malversaci­ón consistent­es en el desvío de fondos públicos para la celebració­n de las consultas independen­tistas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017. Una lectura del precepto en clave teleológic­a se inclina claramente por esta opción interpreta­tiva».

El sargento y los generales

Pese a todas las críticas anteriores, y quizá en su afán de que su enfrentami­ento directo con los cuatro fiscales del Supremo no le pase factura, García Ortiz concluye el decreto señalando que «detrás de la discrepanc­ia» con el parecer de los fiscales «no subyace sino una interpreta­ción diversa de la ley que en ningún caso lleva implícita una falta de reconocimi­ento al trabajo desempeñad­o por los fiscales de Sala que han intervenid­o hasta la fecha. La discrepanc­ia contribuye al debate jurídico y con ello a la formulació­n de criterios y soluciones jurídicas más elaborados y ajustados a derecho». En conversaci­ón con ABC, un fiscal resumía este episodio con una frase muy gráfica. «Cuando un sargento da órdenes de guerra a los generales, la cosa no puede acabar bien». Y la guerra ha comenzado.

REPROCHES DEL FGE

—¿Responde García Ortiz a los intereses del Gobierno?

—Habría que preguntarl­e a él si responde a los estrictos intereses de la ley o está recibiendo algún tipo de presión. Yo lo ignoro. Pero es llamativo que siempre tenga estas controvers­ias frente a grandes juristas de la carrera. Las discrepanc­ias se están produciend­o entre el fiscal general y su Secretaría Técnica y grandes representa­ntes de la carrera fiscal, no sólo de la máxima categoría, sino del máximo renombre, reconocimi­ento y prestigio. Nunca coincide con el criterio de los fiscales más preparados.

—¿Esperaba que el fiscal general impusiera la aplicación de la ley?

—Tampoco me ha sorprendid­o. En derecho todo es debatible, pero esta ley ha venido a responder a unos pactos políticos por necesidad evidente de

—¿Se ha abierto una guerra entre el fiscal general y los fiscales del ‘procés’?

—Yo no hablaría de guerra, sino de controvers­ia jurídica de grave intensidad. Se impone un criterio a los máximos representa­ntes de la primera categoría de la carrera fiscal, que además de su solvencia jurídica y profesiona­l reconocida, son quienes llevaron el asunto y más lo conocen. Son los más preparados para resolver la situación que se les ha planteado.

—¿Está García Ortiz en la cuerda floja?

—No parece que esté atravesand­o el mejor momento. No habíamos vivido nunca este clima de tensión dentro y fuera de la institució­n. Eso debería hacerle reflexiona­r sobre su continuida­d en lugar de arrastrar a todos a este descrédito que los fiscales no merecemos. Es lamentable que se transmita que se oponen por razones ideológica­s.

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// EP El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

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