Orientaciones concretas de la Santa Sede
En el documento Economía al servicio del carisma y de la misión hay un capítulo dedicado a aterrizar en orientaciones concretas sobre la gestión económica, que va desde la creación de un órgano consultivo a cómo gestionar los alquileres. Estas son algunas de las indicaciones operativas:
Las congregaciones no podrán vender patrimonio inmobiliario a partir de una cantidad máxima, que fijarán las conferencias episcopales, sin la licencia de la Santa Sede.
Deberán contar con un organismo de consulta sobre asuntos económicos.
Podrán adoptar un reglamento administrativo que ofrezca indicaciones operativas.
En la colaboración con profesionales externos, deberán dar prioridad a aquellas personas conscientes de las peculiaridades de los institutos y expertos en el ámbito de intervención, evitando recurrir a un solo profesional.
Establecerán formas de auditoría interna.
Cuando valoren la adquisición de bienes han de aprobar un plan de inversión que tenga en cuenta cuestiones como el objetivo de la adquisición, la dimensión y función respecto al fin; la conformidad urbanística, la posibilidad de una enajenación futura; los recursos financieros necesarios o la valoración de las cualidades del vendedor…
En el alquiler de inmuebles deberán verificar la calidad del arrendatario; que el uso que le vaya a dar no difiera de la misión del instituto o sea contraria a la Iglesia…
La venta de inmuebles ha de realizarse de modo coherente con el carisma. Se recomienda la posibilidad de cesión a otras entidades sociales, evitando en cualquier caso enajenaciones que perjudiquen al bien común de la Iglesia. Se han de rechazar propuestas si las características del licitador, el modo de pago o la modalidad de la operación resultan incoherentes con los valores del instituto.
En el uso y en la gestión de los recursos financieros se han de respetar los criterios de prudencia en la selección de los productos y verificar la legalidad y los aspectos éticos de la inversión.