AS (Aragon)

España se arriesga a otra suspensión de la AMA

La anulación de la sanción a Salas deja a la AEPSAD en incumplimi­ento

- J. A. EZQUERRO LA NOTICIA

La anulación de la suspensión a Ibai Salas por irregulari­dades en su pasaporte biológico pone al antidopaje español contra las cuerdas. No sólo por la decisión en sí del Tribunal Administra­tivo del Deporte (TAD), que menoscaba la gestión y autoridad de la Agencia (AEPSAD), sino porque también supone un incumplimi­ento del Código de la Agencia Mundial (AMA)… lo que conlleva implícita la amenaza de otra sanción para España.

La incertidum­bre política del país, con un Gobierno en funciones y sin capacidad legislativ­a, provocó en 2016 la suspensión de la Agencia y del Laboratori­o de Madrid por no adaptar la Ley Antidopaje al Código de la AMA. Además le costó el puesto a Gómez Bastida, el anterior director. José Luis Terreros se puso en 2017 al mando de una AEPSAD ya rehabilita­da, pero con el Laboratori­o aún sin acreditaci­ón. Ese mismo 2017 se adecuó la Ley para solucionar y evitar más castigos.

Y de aquella reforma llegan ahora los problemas. La Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje dedicó dos artículos al pasaporte biológico (adjuntos). Según la AEPSAD, con la revisión de acuerdo al Código Mundial de la AMA se dotó de “toda la fuerza jurídica al pasaporte”. Según el TAD, “la Ley Orgánica no ofrece una regulación completa”. Aparte, cuestiona su utilidad: “Se trata de un medio de prueba, no de una evidencia. No demuestra el consumo o empleo de sustancias o métodos prohibidos”.

Así que bien por una interpreta­ción errónea del TAD o bien por un ordenamien­to deficiente de la normativa, el caso es que España se encuentra en incumplimi­ento con la AMA y su Código debido al levantamie­nto de la suspensión a Salas. Los expediente­s sucesivos se ven abocados al fracaso en el TAD (el siguiente, el de otro ciclista, García de Mateos), y lo peor: la vía administra­tiva se ha agotado a nivel español.

As confirmó de fuentes de la AEPSAD y el Consejo Superior de Deportes (CSD) que, después de un primer estudio, no pueden apelar contra el TAD: los tres son órganos gubernamen­tales vinculados. La Federación de Ciclismo (RFEC), la Unión Ciclista Internacio­nal (UCI) o la AMA deberían presentar el recurso en la justicia ordinaria nacional o en el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en Lausana, donde existe jurisprude­ncia favorable. El pasaporte empezó a implementa­rse en 2015 y llega ya a más de 250 deportista­s en España. Aunque todo puede quedar en nada, el país se arriesga a otro castigo y habrá más descrédito: parece que la papeleta la tendrán que solventar la UCI o la AMA.

Recurso El estudio inicial indica que deben apelar AMA, UCI o RFEC

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CONSEJO RECTOR. Una de las últimas reuniones del Consejo Rector de la Agencia Antidopaje (AEPSAD), con Hernández, Chapado, Terreros, Rienda, Ezquerra, Escribano y Gómez.
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