El Madrid no puede estar en Euroliga sin jugar en ACB
■ El Madrid sugirió, en pleno calentón por el arbitraje, una consulta a sus socios sobre la retirada del equipo de la ACB para competir sólo en la Euroliga. A día de hoy no le resultaría posible porque en el artículo 5.3 de los estatutos de la competición continental se especifica que para jugar en ella “los clubes deben participar en un campeonato doméstico”. Aunque sería subsanable porque también recoge una excepción: “Que su presencia sea aprobada por el Consejo Ejecutivo de Accionistas si al club se le impide participar en dicho torneo nacional en contra de su voluntad”.
Tampoco la celebración de un referéndum intramuros es sencilla. La competencia para convocarlo sería de la asamblea general del club (artículo 28 de los estatutos sociales), que debería reunirse a instancias del presidente, de la junta directiva o de un 10% de sus miembros. La convocatoria habrá de hacerse con un antelación de 15 días naturales (artículo 29). Podría apelarse a un referéndum para aquellos asuntos que estatutariamente lo exijan o para otros de “especial trascendencia”. Según el artículo 25.2, tendrían derecho a voto los socios mayores de edad y con al menos un año de antigüedad.