Así afectarán los ERTE a la
Los trabajadores a los que se aplique un Expediente de Regulación Temporal de Empleo pagarán más en la declaración que presenten en 2021
La declaración de la Renta de 2021, correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, llegará con malas noticias para los trabajadores que se hayan visto afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) debido a la suspensión parcial o total de la actividad durante el estado de alarma.
Menor retención de IRPF.
La razón es que les saldrá a pagar a Hacienda la declaración de la Renta del año que viene (no en todos los casos). Y la causa es porque este año se les retendrá menos de IRPF en sus nóminas y, sobre todo, por la prestación por desempleo, que no suele tener retención alguna. Esta situación hará que Hacienda liquide esa cuantía diferencial. Además, al tener dos ❖ Como norma general, si la persona cumple la edad de jubilación y tiene derecho a percibir la pensión contributiva por ello, el trabajador deberá cursar solicitud de la prestación de jubilación, extinguiéndose la de desempleo. Este año pueden jubilarse aquellos trabajadores que, cuando cumplan los 65 años, hubieran cotizado 37 años o más. pagadores, se reduce el límite a partir del cuál es obligatorio realizar la declaración: pasa de 22.000 a 14.000 euros, siempre que se superen los 1.500 euros del segundo pagador. Hay que recordar que el SEPE cuenta como segundo pagador.
Por ejemplo, un trabajador que tenga un sueldo de 23.646,5 euros (la media de 2017, según el INE) y haya estado en ERTE durante el estado de alarma, de marzo a junio, tendrá que pagar 1.322,44 euros. Pasaría a cobrar en torno a 15.764 euros si le afecta un ERTE del 100% a
Las personas que ingresen 23.646 euros al año (sueldo medio) y hayan estado en ERTE deberán pagar 1.322 euros