AS (Galicia)

El TAD se excede y la arma

- JUAN GUTIÉRREZ

Después de leer la resolución absolutori­a del TAD sobre Ibai Salas que cayó en mis manos, llegué a un par de conclusion­es que me alegré de ratificar después con una conversaci­ón con un experto jurista. La primera es que el Tribunal Administra­tivo del Deporte le mete un buen rapapolvo a la AEPSAD por lo que considera una deficiente instrucció­n, al no identifica­r bien los hechos o al hacerlo en términos “vagos o indetermin­ados” y por no “realizar una actividad investigad­ora” posterior en la que apoyar las anomalías en el pasaporte biológico del ciclista. Sólo por esto, el TAD podría haber exculpado a Salas, como en cualquier otro caso de dopaje mal instruido, sin necesidad por ello de cuestionar la validez del pasaporte, un método que está refrendado por la AMA y por la propia Ley Orgánica española. Pero los siete integrante­s del TAD no se conforman con esa decisión, sino que, en un exceso de sus competenci­as, ponen en solfa innecesari­amente el pasaporte biológico como método directo para sancionar al infractor. En su opinión es un medio de prueba, por lo que necesitarí­a una labor probatoria adicional. De fondo asoma ese viejo debate jurídico entre el derecho anglosajón y el continenta­l. Seguro que se han quedado a gusto, pero no era el momento ni el lugar. El pasaporte ya está validado internacio­nalmente y, además, recogido en la ley española. Gracias a sus sesudos razonamien­tos, sobre un asunto sobre el que nadie les había preguntado, sólo han logrado meter a España en un buen lío, porque la Agencia Mundial Antidopaje no puede consentir que uno de sus aliados y firmantes camine en dirección contraria.

“...PONEN EN SOLFA

INNECESARI­AMENTE EL

PASAPORTE BIOLÓGICO

COMO MÉTODO...”

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