Competición traslada el ‘Caso Leganés’ a la FEF
La Secretaría General decidirá si se repite el partido
El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (FEF) se declaró ayer no competente para juzgar la petición del Leganés de repetir su partido contra el Levante desde el minuto 44, cuando el colegiado Munuera Montero señaló como penalti una falta fuera del área pese a consultarlo con Álvarez Izquierdo, árbitro del VAR. Competición alega, amparándose “en el artículo 42.3 de los Estatutos federativos”, que la potestad sobre “eventuales supuestos de repetición total o parcial de encuentros” recae en la propia FEF. Es por eso que ha trasladado “la impugnación presentada” por el Leganés a la “Secretaría General de la FEF para que le dé el curso que corresponda”.
Ahora a la Secretaría General le quedan dos vías: declararse competente y dictar una resolución o trasladar el asunto a otro órgano delegado que estime oportuno. El escrito del Comité de Competición no menciona ningún plazo para que la Secretaría aclare su postura, con lo que, al tratarse de un asunto sin jurisprudencia previa en España (es la primera vez en nuestro país que se reclama la repetición parcial de un partido) no se sabe cuándo llegará la respuesta. Desde abril de 2018, esta Secretaría General está ocupada por Andreu Camps i Povill, uno de los mayores expertos de Derecho Deportivo de España.
La decisión de Competición ha sorprendido porque desde fuentes federativas se daba por seguro que desestimaría el escrito presentado por el conjunto madrileño. En el Leganés no hay respuesta oficial al fallo, pero el pálpito que emana desde Butarque es de agrado porque entienden que el texto y los fundamentos presentados en la reclamación no eran tan descabellados como se quiso hace creer inicialmente por parte de algunas voces autorizadas.
Los pepineros alegan fallo técnico arbitral por no aplicar el protocolo VAR. Ahora el Lega esperará a que la Secretaría General tome una decisión y, a partir de ahí, estudiarán si recurrir a Apelación dentro del plazo de 10 días hábiles que le permite el reglamento.
Sorpresa Fuentes federativas pensaban que se desestimaría el recurso