El CSD pide solución al TAD sobre las 16 territoriales
Por los presidentes que avalaron a Villar en 2017
EI Consejo Superior de deportes (CSD) vuelve a requerir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para que resuelva acerca de si procede o no incoar expediente a 16 presidentes de las federaciones territoriales de la RFEF que avalaron a Villar en pleno proceso electoral en 2017.
El pasado 23 de noviembre, el TAD acordó devolver al CSD el escrito referido a solicitud de apertura de expediente a esos 16 presidentes de territoriales, previa denuncia de Miguel Ángel Galán, presidente de CENAFE. El TAD pedía al CSD que “se concreten los elementos de su petición razonada y se revise la misma en su conjunto en los términos indicados en la presente resolución”.
Los presidentes implicados son: Maximino Martínez Suárez (Asturias), José Ángel Peláez Montes (Cantabria), Andreu Subíes i Forcada (Cataluña), Antonio García Gaona (Ceuta), Antonio Escribano Ramos (Castilla-La Mancha), Marcelino Maté Martínez (Castilla y León), Pedro Ángel Rocha Junco (Extremadura), Jacinto Andrés Alonso Marañón (La Rioja), Diego Martínez Gómez (Melilla), José Miguel Monje Carrillo (Murcia), Luís María Elustondo Ciarreta (País Vasco), Vicente Muñoz Castelló (Valencia), Miguel Bestard Cabot (Baleares), José Rafael del Amo Arizu (Navarra), Francisco Javier Díez Ibáñez (Madrid) y Antonio Suárez Santana (Canarias).
Al devolver el expediente, el TAD argumentó: “Este Tribunal entiende que la petición razonada a la que se refiere el precepto citado ha de contener, más allá del traslado del expediente administrativo y resolución, una exposición detallada de las razones de hecho y de derecho (...) A la vista de todo lo expuesto, procede que, en el presente caso, el escrito de la Presidenta del Consejo Superior de Deportes no sólo cite a las personas presuntamente responsables de los hechos, sino que se pronuncie acerca de si estas personas están o no sujetas a la disciplina deportiva de la Federación en virtud de la cual les afectaría, en su caso, la decisión de incoar el correspondiente procedimiento disciplinario”.