Autofácil

O Guardia Civil

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o el conductor no quiere facilitart­e los datos de su póliza. En ese caso, llama a la policía local/Guardia Civil. Cuando se presenten en el lugar del siniestro, los agentes podrán comprobar, telemática­mente y a través del fichero FIVA* si el vehículo cuenta con seguro -si el contrario no facilita los datos de su póliza a los agentes, podrán multarle con 80e-. “Y si éste no consta como asegurado, le denunciará­n por un importe de hasta 3.000 euros”, explica Mario Arnaldo, director de Automovili­stas Europeos Asociados -AEA-.

¿CÓMO ACTUARÁ EL SEGURO? “Si el vehículo contra el que chocaste no está asegurado, entrega tu parte a tu asegurador­a -puedes utilizar el mismo

*Fichero Informátic­o de Vehículos Asegurados.

Aún incluso en este caso, serás indemnizad­o si el contrario es considerad­o culpable del accidente: bien por su asegurador­a -ver '¿Cómo actuará el seguro?'- o bien por el Consorcio. “Da parte del accidente a tu seguro, que comprobará el fichero FIVA y actuará en consecuenc­ia, reclamando a una entidad u otra -tal y como se explica en el punto A-”, explica Arnaldo.

¿CÓMO ACTUARÁ EL SEGURO? “Siempre que un asegurado no haya anulado la póliza, esta seguirá vigente durante los 30 días naturales siguientes a su fecha de finalizaci­ón: simplement­e, su validez estará suspendida... a la espera de que el asegurado abone la prima correspond­iente al nuevo año”, explica Carlos Lluch, director técnico de la correduría Lluch& Juelich.

“Así, y en este caso, si la parte contraria paga antes de parte amistoso para informar del incidente-, que reclamará por ti -siempre que tengas cobertura de reclamació­n de daños; la incluye la inmensa mayoría de pólizas; sino, tendrás que solicitarl­a tú- la indemnizac­ión correspond­iente a los daños en tu vehículo al Consorcio de Compensaci­ón de Seguros (CCS) -902 222 665 / www.consorsegu­ros.es-.

Se trata de un organismo gubernamen­tal que cubre las indemnizac­iones -por daños materiales y personales- de accidentes en los que se vean involucrad­os vehículos robados o identifica­dos pero no asegurados. El CCS también cubre los daños personales causados por vehículos desconocid­os -que la otra parte no haya sabido identifica­r-, pero no te indemnizar­á por los daños materiales causados a que finalicen esos 30 días, la póliza se reactivará, la asegurador­a reconocerá el choque en plazo y se hará cargo de cualquier indemnizac­ión. En cambio, si el asegurado abona la prima pasados esos 30 días, el seguro se reactivará a partir de las 24 horas siguientes al momento del pago: si el accidente ha tenido lugar en el plazo en el que el seguro estaba suspendido, la asegurador­a se hará cargo de la indemnizac­ión a los damnificad­os, pero luego repetirá -solicitará­ese pago solidariam­ente al conductor, tomador del seguro y propietari­o del vehículo”.

“En caso de que la parte culpable tenga un seguro con pago fraccionad­o, no pasa nada puesto que la cobertura nunca se fracciona”, aclara Lluch. “Por eso, la asegurador­a debe pagar la indemnizac­ión a los damnificad­os y, luego, exigir el pago de la parte fraccionad­a de la prima a su asegurado en el plazo correspond­iente”.

da igual que el conductor del otro vehículo no tenga seguro, lo tenga caducado, vaya ebrio o drogado, no tenga carnet, hay cometido una infracción...”, explica Mario Arnaldo, director de Automovili­stas Europeos Asociados.

tu vehículo -sólo lo hará tu asegurador­a si tienes una póliza a todo riesgo-.

Como cualquier otra asegurador­a, el Consorcio deberá abonarte la indemnizac­ión en los 40 días naturales siguientes a que reciba la notificaci­ón del accidente.

Por último, Arnaldo también explica que “si la policía/Guardia Civil no puede acudir, no te preocupes: si el conductor contrario no te facilita los datos da parte del siniestro a tu compañía, que comprobará el FIVA y actuará en consecuenc­ia”.

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