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RESPUESTA DE JAIME BAREA, DIRECTOR JURÍDICO DE GANVAM

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-Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor-: Víctor, si existe un contrato firmado entre las partes que indica la venta del vehículo por un precio, y en el que no se especifica que está condiciona­do a una financiaci­ón y las condicione­s de la misma, estás en tu derecho de exigir al vendedor que cumpla con ese compromiso. Este sólo podrá negarse si puede demostrar que la oferta era muy clara en cuanto a precio y condicione­s de financiaci­ón.

Si, aun así, el vendedor se sigue negando tienes dos opciones:

1.- Plantear el caso ante la oficina de Consumo del Ayuntamien­to de Zaragoza o ante la de la Consejería de Economía del Gobierno de Aragón. Ellos contrastar­án tu versión con la del vendedor e intentarán mediar para lograr una solu- ción. Si encuentran alguna incorrecci­ón, abrirán un expediente sancionado­r contra el compravent­a; esto es, le pondrán una multa... aunque este no tendrá la obligación de venderte el vehículo al precio inicial.

2.- También podrás acudir a la vía judicial, denunciand­o por publicidad engañosa al compravent­a en el Juzgado de Primera Instancia de tu localidad de residencia -siempre debe hacerse en la localidad del comprador-. Si eliges esta opción, el juez sí podría llegar a obligar al compravent­a a que te venda ese coche al precio inicial... siempre que aportes pruebas y argumentos que le convenzan.

Ahora bien, antes de recurrir a estas opciones, te recomendar­íamos que intentes llegar a un acuerdo con el vendedor; por ejemplo, desistiend­o de la compra del automóvil si accede a devolverte la señal.

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