LA NORMATIVA
● Actualmente no existe una ley estatal que regule la circulación en patinete eléctrico y son los ayuntamientos los que tienen la potestad de aplicar una normativa al respecto -incluso pueden impedir provisionalmente la circulación o estacionamiento de los vehículos hasta que se apruebe una ordenanza-. Como norma general, sólo se puede circular con ellos por la acera y a 5 km/h -es decir, al paso de los peatones-, excepto en Madrid y Barcelona, únicas ciudades españolas que ya han regulado el uso del patinete en sus calles. Valencia ya tiene preparado un borrador, que pronto será aprobado y otras como Vitoria, Zaragoza, Málaga, Cáceres, o Granada también han anunciado su intención de legislar específicamente sobre el uso de patinetes eléctricos.