■ CUANDO UN ALUMNO
se presente al examen práctico y no lo apruebe, entre la primera convocatoria y la segunda deberá dejar pasar 15 días naturales; entre la segunda y la tercera, 30 días; y entre la tercera y la cuarta -y sucesivas-, 20 días*. En la actualidad, el texto de la Ley indica la necesidad de dejar pasar 12 días naturales entre la segunda y tercera convocatoria y 18 días en las sucesivas.